III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-12794)
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Castilla y León, para la gestión de las becas «Campus de Profundización Científica para estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria» en Soria, durante el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152

Lunes 24 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 73066

p. Poner disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar
el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las
inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
q. Implantar los mecanismos y las medidas de seguridad siguientes:
a) Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia
permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento;
b) Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida,
en caso de incidente físico o técnico;
c) Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y
organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento;
d) Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso;
e) Reducir al máximo el tratamiento de datos personas y adoptar medidas para
evitar el acceso a estos datos por parte de personal no autorizado.
r. En su caso, designar un delegado de protección de datos y comunicar su
identidad y datos de contacto al responsable.
s. Destruir los datos, una vez cumplida la prestación. No obstante, el encargado
puede conservar una copia, con los datos debidamente boqueados, mientras puedan
derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
5.

Obligaciones del responsable del tratamiento.

Corresponde al responsable del tratamiento:
a. Realizar una evaluación del impacto en la protección de datos personales de las
operaciones de tratamiento a realizar por el encargado.
b. Realizar las consultas previas que corresponda.
c. Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del
RGPD por parte del encargado.
d. Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías.
6.

Imágenes.

cve: BOE-A-2024-12794
Verificable en https://www.boe.es

Respecto a la recogida de imágenes, el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes ostentará la condición de responsable del tratamiento, y el
encargado la Administración General de la Comunidad de Castilla y León.
Se procederán a recoger los datos (imágenes) y vídeos necesarios para difusión del
objeto del presente convenio, exclusivamente.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X