II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública. (BOE-A-2024-12732)
Resolución de 14 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 72808

Estos extremos se verificarán por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma
de Intermediación de Datos, salvo que la persona interesada se opusiera en su solicitud
al tratamiento de sus datos. En este caso el interesado deberá solicitar en la oficina de
servicios públicos la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, en la
que conste que cumple con los requisitos señalados, y deberá presentar anexo a la
solicitud el citado certificado.
– Que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario
Mínimo Interprofesional en vigor.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se verificará por el órgano gestor mediante
consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos, siempre que la persona interesada
haya autorizado expresamente la consulta de sus datos en la correspondiente casilla de
la solicitud.
En caso de no constar el consentimiento expreso al órgano gestor para el acceso, la
persona interesada deberá presentar anexo a la solicitud, certificado de la declaración
presentada del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas correspondiente al
año 2022 y, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio, que deberá
solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en el enlace:
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/
Certificados/Declaraciones_Tributarias/Declaraciones_Tributarias.shtml
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003,
de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. De esta forma, tendrán
derecho a una exención del 100 por ciento de la tasa los miembros de familia de
categoría especial, y a una bonificación del 50 por ciento, los miembros de las familias
de categoría general.
La condición de familia numerosa se verificará por el órgano gestor mediante
consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos.
Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de sus datos
alegando una causa para ello, deberá presentar anexo a la solicitud el correspondiente
título de familia numerosa actualizado.
d) Las víctimas de terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan
sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo
acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la
que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga
relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos o fallecidos.
6.11 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención parcial o total deberá hacerse dentro
del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario, se procederá a la exclusión
de la persona aspirante.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de su exención total o parcial supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
7.

Tribunal

7.1 El Tribunal calificador es el que figura como anexo III a esta resolución.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, así como en las demás disposiciones
vigentes.

cve: BOE-A-2024-12732
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 152