I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Juego. (BOE-A-2024-12639)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba el Modelo de datos del sistema de monitorización de la información y se modifican los anexos I de las Resoluciones de 6 de octubre de 2014, y de 12 de julio de 2012, relativas a las especificaciones técnicas y a la identificación y prohibiciones subjetivas a la participación en las actividades de juego previstas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego.
80 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Sábado 22 de junio de 2024
Sec. I. Pág. 72314
– Apuestas: el momento en que se conoce el resultado de los hechos sobre los que
se apuesta.
– Concursos: cuando finalice cada concurso.
– Loterías: cuando se conozca el conjunto de ganadores.
La periodicidad del envío de los registros de juegos al almacén está definida en el
apartado «Periodicidad y fragmentación».
Las correcciones o ajustes en los juegos realizados con posterioridad a su envío al
almacén se reportarán como rectificaciones, sin que, en ningún caso, se pueda borrar la
transacción original corregida o ajustada. Esto se hará para todos los juegos donde se
produzca estas circunstancias a excepción de las apuestas, cuyas correcciones y ajustes
deberán ser informadas de forma individual en el registro denominado Ajuste de
Apuestas. Este registro deberá recoger cualquier corrección o ajuste de las apuestas
ya realizadas indicando las cuantías y los motivos.
Cuando la variación de los registros de los juegos se debe a causas diferentes al
funcionamiento normal de los juegos, como a errores en la generación del reporte u otros
errores de carácter técnico la trasmisión de los datos correctos se realizará mediante la
rectificación de los datos (ver epígrafe «Rectificaciones»).
La información de todos los tipos de juego está compuesta por una información del
juego y por una información del jugador o jugadores. Los registros RegistroOtrosJuegos,
RegistroApuestaContrapartida y RegistroLoteriaPresorteada tienen información de un
único jugador, el resto de los registros están preparados para reportar entre 1 y muchos
jugadores.
Datos del juego.
Se definen 7 tipos distintos de registros JUC, dependiendo del tipo de juego y de si
son juegos mutuos o de contrapartida. Todos tienen una mayoría de campos comunes y
unos pocos específicos de cada juego. Están compuestos por dos bloques, uno con la
información del juego y otra con la del jugador.
JuegoId.
Identificador único del hecho que genera la obligación de informar
al SCI. El hecho depende del tipo de juego:
– Apuestas: cada apuesta (pronóstico) que realice el jugador
tendrá un identificador único, con independencia de que esta sea
simple, múltiple o combinada.
– Póquer cash, Bingo, Ruleta, Blackjack, Punto y banca, Juegos
complementarios, máquinas de azar y loterías presorteadas: un
identificador único por sesión en el que el jugador haya tenido
movimientos.
– Póquer torneo: cada torneo tendrá un identificador único.
– Concursos: cada concurso tendrá un identificador único.
– Loterías: cada sorteo tendrá un identificador único por sorteo.
JuegoDesc.
Descripción del juego.
TipoJuego.
Detalle en el apartado «Listas y enumerados».
FechaInicio.
Fecha y hora en la que se realiza la primera apuesta en el juego.
FechaFin.
Fecha y hora del final del hecho que genera la obligación de
informar al SCI.
cve: BOE-A-2024-12639
Verificable en https://www.boe.es
Campos comunes del bloque de Juego.
Núm. 151
Sábado 22 de junio de 2024
Sec. I. Pág. 72314
– Apuestas: el momento en que se conoce el resultado de los hechos sobre los que
se apuesta.
– Concursos: cuando finalice cada concurso.
– Loterías: cuando se conozca el conjunto de ganadores.
La periodicidad del envío de los registros de juegos al almacén está definida en el
apartado «Periodicidad y fragmentación».
Las correcciones o ajustes en los juegos realizados con posterioridad a su envío al
almacén se reportarán como rectificaciones, sin que, en ningún caso, se pueda borrar la
transacción original corregida o ajustada. Esto se hará para todos los juegos donde se
produzca estas circunstancias a excepción de las apuestas, cuyas correcciones y ajustes
deberán ser informadas de forma individual en el registro denominado Ajuste de
Apuestas. Este registro deberá recoger cualquier corrección o ajuste de las apuestas
ya realizadas indicando las cuantías y los motivos.
Cuando la variación de los registros de los juegos se debe a causas diferentes al
funcionamiento normal de los juegos, como a errores en la generación del reporte u otros
errores de carácter técnico la trasmisión de los datos correctos se realizará mediante la
rectificación de los datos (ver epígrafe «Rectificaciones»).
La información de todos los tipos de juego está compuesta por una información del
juego y por una información del jugador o jugadores. Los registros RegistroOtrosJuegos,
RegistroApuestaContrapartida y RegistroLoteriaPresorteada tienen información de un
único jugador, el resto de los registros están preparados para reportar entre 1 y muchos
jugadores.
Datos del juego.
Se definen 7 tipos distintos de registros JUC, dependiendo del tipo de juego y de si
son juegos mutuos o de contrapartida. Todos tienen una mayoría de campos comunes y
unos pocos específicos de cada juego. Están compuestos por dos bloques, uno con la
información del juego y otra con la del jugador.
JuegoId.
Identificador único del hecho que genera la obligación de informar
al SCI. El hecho depende del tipo de juego:
– Apuestas: cada apuesta (pronóstico) que realice el jugador
tendrá un identificador único, con independencia de que esta sea
simple, múltiple o combinada.
– Póquer cash, Bingo, Ruleta, Blackjack, Punto y banca, Juegos
complementarios, máquinas de azar y loterías presorteadas: un
identificador único por sesión en el que el jugador haya tenido
movimientos.
– Póquer torneo: cada torneo tendrá un identificador único.
– Concursos: cada concurso tendrá un identificador único.
– Loterías: cada sorteo tendrá un identificador único por sorteo.
JuegoDesc.
Descripción del juego.
TipoJuego.
Detalle en el apartado «Listas y enumerados».
FechaInicio.
Fecha y hora en la que se realiza la primera apuesta en el juego.
FechaFin.
Fecha y hora del final del hecho que genera la obligación de
informar al SCI.
cve: BOE-A-2024-12639
Verificable en https://www.boe.es
Campos comunes del bloque de Juego.