I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Juego. (BOE-A-2024-12639)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba el Modelo de datos del sistema de monitorización de la información y se modifican los anexos I de las Resoluciones de 6 de octubre de 2014, y de 12 de julio de 2012, relativas a las especificaciones técnicas y a la identificación y prohibiciones subjetivas a la participación en las actividades de juego previstas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Sábado 22 de junio de 2024

Sec. I. Pág. 72305

Se incluirán todos los regalos o premios que no provengan de participaciones en un juego. Se reportará el valor en euros
de los regalos concedidos.
(+) Se reflejarán con signo positivo los premios reconocidos deducidas las posibles anulaciones o ajustes realizados.

Regalos.

Se reportará su valor en euros, además de una descripción del regalo y la fecha en que se concede.
Los regalos no afectan al saldo de la cuenta del jugador.

Controles Principales.
– En todo momento, el saldo en la cuenta de juego para cada uno de los
participantes reportado ha de ser igual al saldo que el propio participante puede obtener
cuando accede a su registro de usuario y cuenta de juego.
– El saldo inicial en cada periodo considerado para cada uno de los participantes
debe coincidir con el saldo final del periodo inmediatamente anterior para cada una de
las unidades.
– Dentro de cada periodo el saldo final debe coincidir con el saldo inicial más los
movimientos ocurridos durante el periodo para cada una de las unidades reportadas, sin
considerar los importes incluidos en el registro Comisiones, Premios en Especie y
Regalos que tienen carácter informativo.
– Para cada participante deberán incluirse todos los movimientos realizados en el
periodo de forma que quede explicado el saldo final a partir del saldo inicial y los
movimientos del periodo en cada una de las unidades. Cualquier movimiento que
modifique el saldo de la cuenta de juego y no se corresponda con depósitos, retiradas,
participación, devolución de la participación, premios, premios en especie, ajustes o
anulaciones en los premios, bonos o transferencias entre monederos, se incluirán en el
apartado «Otros», donde se deberá utilizar el campo «concepto» para desglosar la
tipología de «Otros» movimientos, siempre con un nivel de detalle equivalente al de la
contabilidad del operador.
– En el campo «Otros» no deben reportarse movimientos que pertenezcan a una
categoría definida en el modelo, especialmente las cancelaciones o anulaciones de
depósitos y retiradas deben ser reportadas en su categoría correspondiente.
– El Total y el Desglose deben coincidir en todos los casos.
Registro CJT: Cuenta de juego totalizada.

Información en totales de la cuenta de juego.
El registro CJT contiene la información agregada de las cuentas de juego de los
jugadores.
El registro de totales de la cuenta de juego es un registro de control que permite
comprobar que los datos de la cuenta de juego se han registrado de forma completa y
correcta.

cve: BOE-A-2024-12639
Verificable en https://www.boe.es

3.4.2.2