III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-12696)
Resolución de 14 de junio de 2024, del Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas externas en materia de cooperación educativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 22 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72653
A estos efectos, las partes firmantes se comprometen al cumplimiento de su
obligación de secreto con respecto a los datos suministrados al amparo del presente
acuerdo, y al deber de tratarlos con confidencialidad. Con este fin, adoptarán las
medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no
autorizado.
En materia de protección de datos, su tratamiento al amparo del presente convenio
tendrá por finalidad exclusiva facilitar el cumplimiento de los compromisos establecidos
en las cláusulas segunda y tercera del presente acuerdo.
El mencionado tratamiento de datos personales es necesario para el cumplimiento
de una obligación legal en los términos previstos en el artículo 6.1.e) del Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.
Los datos objeto de tratamiento tienen la categorización nivel bajo de conformidad
con el anexo I del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo.
Los datos personales suministrados al amparo del presente acuerdo se comunicarán
exclusivamente a aquellos organismos públicos con competencias propias en las
materias objeto del presente acuerdo, siempre que sea necesario para el adecuado
ejercicio de dichas competencias.
Asimismo, y cuando así sean exigidos, a Juzgados y Tribunales en cumplimiento del
requerimiento legal. Por su parte, no está prevista transferencia a terceros países u
organizaciones internacionales.
Los datos serán conservados durante la vigencia del presente convenio y,
posteriormente, durante el plazo legalmente establecido con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas del mismo.
En el caso de la AESAN, O.A., los Responsables del Tratamiento y el Delegado de
Protección de Datos a los efectos del Reglamento General de Protección de Datos son:
Responsables del tratamiento: Vocalía de Coordinación Científica e Internacional:
vocaliaicc@aesan.gob.es, calle Alcalá, 56, 28014 Madrid.
Delegado de Protección de Datos: Secretaría General-Subdirección General Adjunta:
dpdaesan@aesan.gob.es, calle Alcalá, 56, 28014 Madrid.
Por su parte, en el caso de la Universidad Complutense de Madrid, el Responsable
del Tratamiento y el Delegado de Protección de Datos a los efectos del Reglamento
General de Protección de Datos son:
Responsable del tratamiento: Universidad Complutense de Madrid, CIF núm.
Q2818014I, avda. de Séneca, 2, 28040 Madrid.
Delegado de Protección de Datos: Puede contactarse con el Delegado de Protección
de Datos mediante correo electrónico remitido a la cuenta ofi.dpd@ucm.es o mediante
escrito dirigido al Vicerrectorado de Empleabilidad y Emprendimiento de la UCM.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad ante la parte que
corresponda a través de comunicación por escrito al domicilio social que consta al
comienzo del presente documento, acreditando su identidad e identificando el
derecho que se solicita. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la
protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia
Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o ante el Delegado de Protección
de Datos de cualquiera de las partes.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman electrónicamente el
presente convenio, constando como fecha de suscripción la de la última realizada (14 de
junio de 2024).–Por la Agencia Española de Sanidad Alimentaria y Nutrición, la Directora
Ejecutiva, Isabel Peña-Rey Lorenzo.–Por la Universidad Complutense de Madrid, la
Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, María
Concepción García Gómez.
cve: BOE-A-2024-12696
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 151
Sábado 22 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72653
A estos efectos, las partes firmantes se comprometen al cumplimiento de su
obligación de secreto con respecto a los datos suministrados al amparo del presente
acuerdo, y al deber de tratarlos con confidencialidad. Con este fin, adoptarán las
medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no
autorizado.
En materia de protección de datos, su tratamiento al amparo del presente convenio
tendrá por finalidad exclusiva facilitar el cumplimiento de los compromisos establecidos
en las cláusulas segunda y tercera del presente acuerdo.
El mencionado tratamiento de datos personales es necesario para el cumplimiento
de una obligación legal en los términos previstos en el artículo 6.1.e) del Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.
Los datos objeto de tratamiento tienen la categorización nivel bajo de conformidad
con el anexo I del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo.
Los datos personales suministrados al amparo del presente acuerdo se comunicarán
exclusivamente a aquellos organismos públicos con competencias propias en las
materias objeto del presente acuerdo, siempre que sea necesario para el adecuado
ejercicio de dichas competencias.
Asimismo, y cuando así sean exigidos, a Juzgados y Tribunales en cumplimiento del
requerimiento legal. Por su parte, no está prevista transferencia a terceros países u
organizaciones internacionales.
Los datos serán conservados durante la vigencia del presente convenio y,
posteriormente, durante el plazo legalmente establecido con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas del mismo.
En el caso de la AESAN, O.A., los Responsables del Tratamiento y el Delegado de
Protección de Datos a los efectos del Reglamento General de Protección de Datos son:
Responsables del tratamiento: Vocalía de Coordinación Científica e Internacional:
vocaliaicc@aesan.gob.es, calle Alcalá, 56, 28014 Madrid.
Delegado de Protección de Datos: Secretaría General-Subdirección General Adjunta:
dpdaesan@aesan.gob.es, calle Alcalá, 56, 28014 Madrid.
Por su parte, en el caso de la Universidad Complutense de Madrid, el Responsable
del Tratamiento y el Delegado de Protección de Datos a los efectos del Reglamento
General de Protección de Datos son:
Responsable del tratamiento: Universidad Complutense de Madrid, CIF núm.
Q2818014I, avda. de Séneca, 2, 28040 Madrid.
Delegado de Protección de Datos: Puede contactarse con el Delegado de Protección
de Datos mediante correo electrónico remitido a la cuenta ofi.dpd@ucm.es o mediante
escrito dirigido al Vicerrectorado de Empleabilidad y Emprendimiento de la UCM.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad ante la parte que
corresponda a través de comunicación por escrito al domicilio social que consta al
comienzo del presente documento, acreditando su identidad e identificando el
derecho que se solicita. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la
protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia
Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o ante el Delegado de Protección
de Datos de cualquiera de las partes.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman electrónicamente el
presente convenio, constando como fecha de suscripción la de la última realizada (14 de
junio de 2024).–Por la Agencia Española de Sanidad Alimentaria y Nutrición, la Directora
Ejecutiva, Isabel Peña-Rey Lorenzo.–Por la Universidad Complutense de Madrid, la
Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, María
Concepción García Gómez.
cve: BOE-A-2024-12696
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 151