III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2024-12692)
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Toral de los Vados, sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de reparación de obra de paso sobre el río Sil en el término municipal de Toral de los Vados (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Sábado 22 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72619
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que en el término municipal de Toral de los Vados existe en la actualidad una
pasarela colgante sobre el río Sil que sirve de acceso peatonal al núcleo de Valiña, así
como a una estación SAIH y a una escala de nivel para aforo del caudal circulante
titularidad de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A.
Los fuertes vientos producidos en junio de 2022 causaron importantes daños que
comprometen la seguridad de esta pasarela.
Por este motivo el Ayuntamiento de Toral de los Vados y la Confederación
Hidrográfica Miño-Sil, O.A., están interesados en establecer una colaboración al objeto
de reparar la pasarela y restaurar los accesos actualmente interrumpidos.
Segundo.
Que a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., le corresponde, en el ámbito
de su Demarcación Hidrográfica, la administración y la protección del dominio público
hidráulico, así como el proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas
con cargo a los fondos propios del organismo y las que le sean encomendadas por el
Estado (artículo 23 del texto refundido de la Ley de Aguas) para cuya finalidad podrá
establecer convenios con las entidades locales, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 25.2 de la precitada disposición legal.
Tercero.
Que al Ayuntamiento de Toral de los Vados le corresponden, entre otras, las
competencias en protección del medio ambiente, y en materia de conservación de vías y
caminos, según lo dispuesto en los artículos 20 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de
Régimen Local de Castilla y León y 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local, según redacción dada a la misma por la Ley 27/2013, de 27 de
diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local.
Cuarto.
Quinto.
Que el artículo 48 de la citada Ley de Régimen Jurídico del Sector Público establece
que las Administraciones Públicas y sus organismos públicos, en el ámbito de sus
respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho público,
que deberán mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de
medios y servicios públicos, contribuir a la realización de actividades de utilidad pública y
cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
cve: BOE-A-2024-12692
Verificable en https://www.boe.es
Que conforme a los artículos 143 y 144 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, las Administraciones cooperarán al servicio del
interés general de acuerdo con las técnicas que consideren más adecuadas, como la
cooperación interadministrativa para la aplicación de la normativa reguladora de una
materia o actuaciones de cooperación en materia patrimonial, incluidos los cambios de
titularidad y la cesión de bienes.
Estas relaciones de cooperación, que requieren la aceptación expresa de las partes,
se formularán en acuerdos de los órganos de cooperación o en convenios en los que se
preverán las condiciones y compromisos que se asumen.
Núm. 151
Sábado 22 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72619
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que en el término municipal de Toral de los Vados existe en la actualidad una
pasarela colgante sobre el río Sil que sirve de acceso peatonal al núcleo de Valiña, así
como a una estación SAIH y a una escala de nivel para aforo del caudal circulante
titularidad de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil O.A.
Los fuertes vientos producidos en junio de 2022 causaron importantes daños que
comprometen la seguridad de esta pasarela.
Por este motivo el Ayuntamiento de Toral de los Vados y la Confederación
Hidrográfica Miño-Sil, O.A., están interesados en establecer una colaboración al objeto
de reparar la pasarela y restaurar los accesos actualmente interrumpidos.
Segundo.
Que a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., le corresponde, en el ámbito
de su Demarcación Hidrográfica, la administración y la protección del dominio público
hidráulico, así como el proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas
con cargo a los fondos propios del organismo y las que le sean encomendadas por el
Estado (artículo 23 del texto refundido de la Ley de Aguas) para cuya finalidad podrá
establecer convenios con las entidades locales, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 25.2 de la precitada disposición legal.
Tercero.
Que al Ayuntamiento de Toral de los Vados le corresponden, entre otras, las
competencias en protección del medio ambiente, y en materia de conservación de vías y
caminos, según lo dispuesto en los artículos 20 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de
Régimen Local de Castilla y León y 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local, según redacción dada a la misma por la Ley 27/2013, de 27 de
diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local.
Cuarto.
Quinto.
Que el artículo 48 de la citada Ley de Régimen Jurídico del Sector Público establece
que las Administraciones Públicas y sus organismos públicos, en el ámbito de sus
respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho público,
que deberán mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de
medios y servicios públicos, contribuir a la realización de actividades de utilidad pública y
cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
cve: BOE-A-2024-12692
Verificable en https://www.boe.es
Que conforme a los artículos 143 y 144 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, las Administraciones cooperarán al servicio del
interés general de acuerdo con las técnicas que consideren más adecuadas, como la
cooperación interadministrativa para la aplicación de la normativa reguladora de una
materia o actuaciones de cooperación en materia patrimonial, incluidos los cambios de
titularidad y la cesión de bienes.
Estas relaciones de cooperación, que requieren la aceptación expresa de las partes,
se formularán en acuerdos de los órganos de cooperación o en convenios en los que se
preverán las condiciones y compromisos que se asumen.