I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Medidas urgentes. (BOE-A-2024-12640)
Decreto-ley 4/2024, de 16 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos de la sequía en el ámbito del distrito de cuenca fluvial de Cataluña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Sábado 22 de junio de 2024

Sec. I. Pág. 72369

Disposición transitoria primera. Aplicación de las limitaciones de consumo en los
establecimientos de alojamiento turístico situados en municipios que hayan superado
las dotaciones máximas durante los meses de marzo, abril y mayo de 2024.
Las limitaciones de consumo previstas en el artículo 1.1 se aplican a los
establecimientos de alojamiento turístico situados en municipios que hayan superado las
dotaciones máximas establecidas en el citado Plan especial durante los meses de
marzo, abril y mayo del año 2024, a partir del día 1 de junio de 2024.
Disposición transitoria segunda.

Régimen transitorio de los expedientes sancionadores.

Los procedimientos sancionadores incoados con anterioridad a la entrada en vigor de
este Decreto ley y al amparo del texto refundido de la legislación en materia de aguas de
Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, se deben
continuar tramitando y resolver de acuerdo con la normativa vigente en el momento de la
comisión de los hechos o actuaciones, salvo que el régimen establecido en el Decreto
ley constituya norma más favorable, tanto en lo que se refiere a la tipificación de la
infracción como a las posibles sanciones a imponer y a los respectivos plazos de
prescripción.
Disposición final.

Entrada en vigor.

Este Decreto-ley entra en vigor el mismo día de su publicación en el «Diari Oficial de
la Generalitat de Catalunya».
Por tanto, ordeno que toda la ciudadanía a la que sea aplicable este Decreto-ley
coopere en cumplirlo y que los tribunales y las autoridades a los que corresponda lo
hagan cumplir.
Barcelona, 16 de abril de 2024.–El President de la Generalitat de Catalunya, Pere
Aragonès i Garcia.–El Consejero de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural,
David Mascort Subiranas.

cve: BOE-A-2024-12640
Verificable en https://www.boe.es

(Publicado en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 9144, de 17 de abril de 2024.
Convalidado por Resolución 958/XIV del Parlament de Catalunya, publicada en el «Diario Oficial
de la Generalitat de Cataluña» número 9170, de 27 de mayo de 2024)

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X