III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-12617)
Resolución 420/38244/2024, de 14 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M.P., para la organización y desarrollo, durante los años 2024 y 2025, de cursos de verano.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Viernes 21 de junio de 2024

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que tiene encomendadas de cualquier índole, por lo que surgida tal necesidad, el
convenio quedará suspendido en tanto persista la misma o, en su caso, extinguido sin
que sea preciso aviso o denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación
alguna por parte de la otra parte o de terceros, ni de concesión de indemnización o
compensación a su favor. El cumplimiento y la resolución del convenio darán lugar a la
liquidación del mismo, con arreglo al artículo 52.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes.
Decimoquinta. Consecuencias
compromisos.

en

caso

de

incumplimiento

de

obligaciones

y

En el caso de resolución de incumplimiento de las obligaciones y compromisos
asumidos por alguna de las partes, con arreglo a los artículos 49.e) y 51 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, cualquiera de ellas podrá notificar a la parte incumplidora
un requerimiento para que cumpla en el plazo de treinta días naturales con las
obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será
comunicado a la Comisión Mixta. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento
persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la
concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
La resolución del convenio por esta causa conlleva la indemnización de los perjuicios
causados, que consiste en restituir el importe de las obligaciones y compromisos
económicos asumidos y abonados por adelantado por la parte cumplidora, que la parte
incumplidora abonará, en un plazo de un mes, a la otra parte.
Decimosexta.

Política de Seguridad de la Información.

El MINISDEF declara conocer y cumplir la Política de la Seguridad de la Información
de la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M.P., que le ha dado
a conocer y que se encuentra publicada en su página web https://www.ucm.es/fundacion/
seguridad-de-la-informacion-1.

cve: BOE-A-2024-12617
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente convenio en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por el
Ministerio de Defensa, el Director del Centro de Estudios de la Defensa Nacional, Miguel
Ballenilla y García de Gamarra.–Por la Fundación General de la Universidad
Complutense de Madrid, M.P., la Directora de la Fundación, María Paz García Vera.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X