III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2024-12628)
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 9 de mayo de 2024, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia, en relación con la Ley 1/2024, de 11 de enero, de la calidad alimentaria de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Viernes 21 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72230
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
12628
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 9 de mayo de
2024, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Galicia, en relación con la Ley 1/2024, de
11 de enero, de la calidad alimentaria de Galicia.
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 21 de mayo de 2024.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en relación con la Ley 1/2024, de 11 de
enero, de la calidad alimentaria de Galicia
I. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de
Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral
de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia,
para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales
manifestadas en relación con el artículo 29 de la Ley 1/2024, de 11 de enero, de la
calidad alimentaria de Galicia, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Ambas partes coinciden en considerar que el apartado 2 del artículo 29 se
interpretará y aplicará, en el ejercicio de las potestades normativas y administrativas de
la Xunta de Galicia, en el sentido de que el régimen sancionador contenido en el Título
VII de la Ley 1/2024, de 11 de enero, no se aplicará a las infracciones y sanciones de
competencia estatal que se refieran a Denominaciones de Origen e Indicaciones
Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico.
II. En razón al acuerdo alcanzado ambas partes coinciden en considerar resueltas
las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertarlo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el Diario Oficial de Galicia.–El
Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–El
Consejero de Presidencia, Justicia y Deporte, Diego Calvo Pouso.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-12628
Verificable en https://www.boe.es
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Galicia ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Núm. 150
Viernes 21 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72230
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
12628
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 9 de mayo de
2024, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Galicia, en relación con la Ley 1/2024, de
11 de enero, de la calidad alimentaria de Galicia.
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 21 de mayo de 2024.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en relación con la Ley 1/2024, de 11 de
enero, de la calidad alimentaria de Galicia
I. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de
Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral
de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia,
para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales
manifestadas en relación con el artículo 29 de la Ley 1/2024, de 11 de enero, de la
calidad alimentaria de Galicia, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Ambas partes coinciden en considerar que el apartado 2 del artículo 29 se
interpretará y aplicará, en el ejercicio de las potestades normativas y administrativas de
la Xunta de Galicia, en el sentido de que el régimen sancionador contenido en el Título
VII de la Ley 1/2024, de 11 de enero, no se aplicará a las infracciones y sanciones de
competencia estatal que se refieran a Denominaciones de Origen e Indicaciones
Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico.
II. En razón al acuerdo alcanzado ambas partes coinciden en considerar resueltas
las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertarlo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el Diario Oficial de Galicia.–El
Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–El
Consejero de Presidencia, Justicia y Deporte, Diego Calvo Pouso.
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cve: BOE-A-2024-12628
Verificable en https://www.boe.es
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Galicia ha adoptado el siguiente Acuerdo: