III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Convenios. (BOE-A-2024-12632)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se publica el Convenio con Indra Soluciones Tecnologías de la Información, SLU, para promover la sensibilización y concienciación social contra la violencia de género en el marco de la iniciativa "Empresas por una sociedad libre de violencia de género".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Viernes 21 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72250
Décima. Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en
éstas, así como para la resolución de las dudas que puedan presentarse, por lo
dispuesto en el título preliminar, capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las dudas o controversias que surjan entre las partes sobre los efectos,
interpretación, modificación o resolución del mismo se intentarán resolver de manera
amistosa en la Comisión de Seguimiento. En caso de no ser posible una solución
amigable y resultar procedente litigio judicial, ambas partes se someterán a la
jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con el título IV de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2024-12632
Verificable en https://www.boe.es
Y para que conste y surta los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes
firman el presente convenio, en duplicado ejemplar a un solo efecto, en el lugar y fecha
arriba indicados.–La Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Carmen
Martínez Perza.–Los representantes de la empresa Indra Soluciones Tecnologías de la
Información, SLU, Javier Sagi Vela Carbonell y Yolanda Treceño Llorente.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 150
Viernes 21 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72250
Décima. Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en
éstas, así como para la resolución de las dudas que puedan presentarse, por lo
dispuesto en el título preliminar, capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las dudas o controversias que surjan entre las partes sobre los efectos,
interpretación, modificación o resolución del mismo se intentarán resolver de manera
amistosa en la Comisión de Seguimiento. En caso de no ser posible una solución
amigable y resultar procedente litigio judicial, ambas partes se someterán a la
jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con el título IV de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2024-12632
Verificable en https://www.boe.es
Y para que conste y surta los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes
firman el presente convenio, en duplicado ejemplar a un solo efecto, en el lugar y fecha
arriba indicados.–La Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Carmen
Martínez Perza.–Los representantes de la empresa Indra Soluciones Tecnologías de la
Información, SLU, Javier Sagi Vela Carbonell y Yolanda Treceño Llorente.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X