III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-12543)
Resolución de 12 de junio de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Universitat Oberta de Catalunya, para establecer las condiciones de colaboración en el desarrollo de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de grado en artes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Jueves 20 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 71778
Ambas partes, que actúan en ejercicio de los respectivos cargos, declaran y
manifiestan que intervienen en este acto con la capacidad legal necesaria y la
competencia suficiente para suscribir la presente Adenda.
EXPOSICIÓN
I. En fecha 27 de mayo de 2021, la UOC y MNCARS formalizaron un convenio con
el objeto de establecer un marco de actuación para la colaboración entre la UOC y
MNCARS en el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito de sus fines. El
convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 7 de junio de 2021.
II. En la cláusula tercera del convenio mencionado en el párrafo I de la exposición,
las partes acordaron firmar los convenios específicos que fueran necesarios para el
desarrollo y la realización de cualquiera de las modalidades de colaboración acordadas
en el convenio.
III. En fecha 25 de octubre de 2021, la UOC y MNCARS formalizaron un convenio
específico con el objeto de establecer un marco de colaboración entre la UOC y
MNCARS en el desarrollo del grado de Artes. El convenio fue publicado en el «Boletín
Oficial del Estado» el 5 de noviembre de 2021 y sus efectos se extienden hasta la
fecha 30 de junio de 2024.
IV. La cláusula decimotercera del convenio suscrito entre las partes prevé la
posibilidad de que, antes de que finalice su vigencia, se puede prorrogar, previo acuerdo
unánime firmado entre las partes, por un periodo de hasta cuatro años adicionales,
siguiendo para su tramitación los requisitos establecidos en el artículo 50 de
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
V. Tras la constatación del alto grado de satisfacción obtenido en el cumplimiento
de los objetivos, más la experiencia acumulada en el desarrollo de la colaboración, se
justifica la decisión de ambas partes de continuar con la relación iniciada con la firma del
convenio suscrito con fecha de 25 de octubre de 2021 para el desarrollo del grado de
Artes, en consecuencia, su voluntad es la de acordar, mediante la suscripción de la
presente adenda, una prórroga del mismo.
En virtud de lo expuesto anteriormente, UOC y MNCARS acuerdan suscribir la
presente adenda de prórroga con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
1. Objeto de la adenda.
La presente adenda tiene por objeto prorrogar por un plazo de 4 (cuatro) años la
vigencia del Convenio específico de colaboración, para el desarrollo de las enseñanzas
conducentes a la obtención del título oficial de Grado en Artes de la UOC, firmado por las
partes el 25 de octubre de 2021 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 5 de
noviembre de 2021.
Prórroga del convenio.
Según la cláusula decimotercera del convenio de fecha 25 de octubre de 2021, una
vez inscrito el mismo en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, resultará eficaz desde la misma fecha de
inscripción, y antes de que finalice su vigencia, se puede prorrogar, previo acuerdo
unánime firmado entre las partes, por un periodo de hasta 4 (cuatro) años adicionales.
En consecuencia, las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por un
nuevo plazo de 4 (años).
cve: BOE-A-2024-12543
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 149
Jueves 20 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 71778
Ambas partes, que actúan en ejercicio de los respectivos cargos, declaran y
manifiestan que intervienen en este acto con la capacidad legal necesaria y la
competencia suficiente para suscribir la presente Adenda.
EXPOSICIÓN
I. En fecha 27 de mayo de 2021, la UOC y MNCARS formalizaron un convenio con
el objeto de establecer un marco de actuación para la colaboración entre la UOC y
MNCARS en el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito de sus fines. El
convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 7 de junio de 2021.
II. En la cláusula tercera del convenio mencionado en el párrafo I de la exposición,
las partes acordaron firmar los convenios específicos que fueran necesarios para el
desarrollo y la realización de cualquiera de las modalidades de colaboración acordadas
en el convenio.
III. En fecha 25 de octubre de 2021, la UOC y MNCARS formalizaron un convenio
específico con el objeto de establecer un marco de colaboración entre la UOC y
MNCARS en el desarrollo del grado de Artes. El convenio fue publicado en el «Boletín
Oficial del Estado» el 5 de noviembre de 2021 y sus efectos se extienden hasta la
fecha 30 de junio de 2024.
IV. La cláusula decimotercera del convenio suscrito entre las partes prevé la
posibilidad de que, antes de que finalice su vigencia, se puede prorrogar, previo acuerdo
unánime firmado entre las partes, por un periodo de hasta cuatro años adicionales,
siguiendo para su tramitación los requisitos establecidos en el artículo 50 de
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
V. Tras la constatación del alto grado de satisfacción obtenido en el cumplimiento
de los objetivos, más la experiencia acumulada en el desarrollo de la colaboración, se
justifica la decisión de ambas partes de continuar con la relación iniciada con la firma del
convenio suscrito con fecha de 25 de octubre de 2021 para el desarrollo del grado de
Artes, en consecuencia, su voluntad es la de acordar, mediante la suscripción de la
presente adenda, una prórroga del mismo.
En virtud de lo expuesto anteriormente, UOC y MNCARS acuerdan suscribir la
presente adenda de prórroga con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
1. Objeto de la adenda.
La presente adenda tiene por objeto prorrogar por un plazo de 4 (cuatro) años la
vigencia del Convenio específico de colaboración, para el desarrollo de las enseñanzas
conducentes a la obtención del título oficial de Grado en Artes de la UOC, firmado por las
partes el 25 de octubre de 2021 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 5 de
noviembre de 2021.
Prórroga del convenio.
Según la cláusula decimotercera del convenio de fecha 25 de octubre de 2021, una
vez inscrito el mismo en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, resultará eficaz desde la misma fecha de
inscripción, y antes de que finalice su vigencia, se puede prorrogar, previo acuerdo
unánime firmado entre las partes, por un periodo de hasta 4 (cuatro) años adicionales.
En consecuencia, las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por un
nuevo plazo de 4 (años).
cve: BOE-A-2024-12543
Verificable en https://www.boe.es
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