III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-12552)
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Jueves 20 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 71833

– Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo
de las prácticas y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así
como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la
memoria final que le sean requeridos.
– Incorporarse a la CNMC en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el
proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de
riesgos laborales de la misma.
– Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con la CNMC conforme a las líneas establecidas en el mismo.
– Elaborar la memoria final de las prácticas y, en su caso, el informe intermedio.
– Firmar un compromiso de confidencialidad que les obligue a guardar secreto en
relación con la información interna de la CNMC de carácter personal y profesional,
durante su estancia y una vez finalizada ésta. Asimismo, deberá observar la normativa
vigente en materia de propiedad intelectual e industrial, protección de secretos
comerciales e industriales, siguiendo las directrices e instrucciones de la CNMC en esta
materia.
– Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la CNMC,
salvaguardando el buen nombre de la Universidad a la que pertenece.
– Aprovechar al máximo las posibilidades derivadas de las prácticas formativas que
la CNMC le ofrezca.
– Notificar la finalización anticipada en el Programa y rescisión de su Compromiso
con una antelación de al menos diez (10) días hábiles. La finalización solo podrá hacerse
efectiva los días 1 o 15 del mes en que tenga lugar.
– Disponer del tiempo suficiente para acudir a exámenes, pruebas de evaluación,
tutorías, presentación de trabajos académicos, o por cualquier otro motivo acordado con
la CNMC y la Universidad, comunicándolo previamente y con antelación suficiente al
tutor profesional de la CNMC.
– Comprometerse a cumplir, en el caso de que concurriera una situación de
emergencia, las pautas de actuación establecidas en los Planes de Emergencia y de
Evacuación del edificio en el que realicen las prácticas, así como las indicaciones que
reciban de los responsables de la CNMC en dicho ámbito de actuación.
– Cualquier otro deber o derecho previsto en la normativa vigente.
Asimismo, la CNMC y el estudiante ..................................................................
aceptan que la relación que se establece no es de carácter laboral y se comprometen a
no establecer vínculo laboral alguno entre ellos, ni siquiera de carácter eventual,
mientras el Programa esté vigente.
El presente anexo se extinguirá por expiración del plazo acordado y podrá terminarse
de forma anticipada de acuerdo con lo previsto en el convenio de Cooperación
Educativa.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento, por triplicado ejemplar,
Por la CNMC

Por la Univerdad

Fdo.

Fdo.
cve: BOE-A-2024-12552
Verificable en https://www.boe.es

Conforme del Estudiante,
Fdo.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X