V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2024-23008)
Anuncio de 31 de Mayo de 2024 de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía en Córdoba por el que se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la línea de evacuación de las plantas solares fotovoltaicas "Mirabal I" y "Mirabal II", que incluye: las líneas de evacuación en 30 kV con origen en las plantas "Mirabal I" y "Mirabal II", la subestación "SET Premier Mirabal 30/400 kV" y línea aérea de alta tensión a 400 kV, instalaciones a ubicar en los términos municipales de Lucena y Cabra (Córdoba). (Expte. AT 35/2020).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Jueves 20 de junio de 2024

Sec. V-B. Pág. 34553

• Emplazamiento: Términos municipales de Lucena y Cabra (provincia de
Córdoba)
• Finalidad: Producción de Energía Eléctrica mediante tecnología Solar
Fotovoltaica ( b..1.1 RD Real Decreto 413/2014 de 6 de junio por el que se regula
la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energías
renovables, cogeneración y residuos).
Las características generales de la línea de evacuación eléctrica son las
siguientes:
Origen: Pórtico de la Subestación "SET Premier Mirabal".
Fin: Subestación Seccionadora "Seccionamiento Nudo Cabra".
Longitud: 15555 metros (14327 metros, en término de Lucena, (Córdoba), 1228
metros en el término de Cabra (Córdoba)).
Tipo Aérea
Nº de circuitos 1
Longitud del circuito 16084 metros
Afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en el
artículo 54 y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:
a) Para los apoyos, expropiación de pleno dominio.
b) Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de
energía eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones o
plantaciones de cualquier tipo, excediendo las distancias mínimas reglamentarias.
c) Derecho de acceso o de paso a la finca, para realizar las reparaciones,
mantenimiento, etc.
d) Servidumbre de paso subterránea.
d) Ocupación temporal de la parcela, durante el tiempo de ejecución de las
instalaciones.

Lo que se hace público para que puedan ser examinados el proyecto y la
documentación para la tramitación de la instalación bien telemáticamente en la
página web del Portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía, en la
url:www.juntadeandalucia.es/transparencia.html, o bien, presencialmente, en esta
Delegación en Córdoba, sita en Calle Conde de Gondomar, 10, Córdoba, y
formularse al mismo las reclamaciones, por duplicado, que se estimen oportunas
en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de
este anuncio.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 56 del Reglamento de la Ley de
Expropiación Forzosa, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos

cve: BOE-B-2024-23008
Verificable en https://www.boe.es

A estos efectos en el anexo adjunto se incluye la relación concreta e
individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de
expropiación forzosa, con indicación de los propietarios.