II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Nombramientos. (BOE-A-2024-12405)
Decreto de 7 de junio de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada de la especialidad de Derechos Humanos y Memoria Democrática en la Fiscalía Provincial de Córdoba a doña María Florentina Aguado Fernández.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Miércoles 19 de junio de 2024
Sec. II.A. Pág. 71042
Fundamentos de Derecho
Primero.
El artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real
Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que «Los Fiscales delegados especialistas,
tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados,
mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a
propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o
Delegado, precediendo a la resolución la audiencia del Consejo Fiscal.
En el mismo sentido la Instrucción 5/2008, de la Fiscalía General del Estado,
establece que los nombramientos y ceses de los fiscales delegados de especialidad irán
precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala, quien podrá
efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la
propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.
Segundo.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al
nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía
Provincial de Córdoba avala la idoneidad de la candidata.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones
del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la
propuesta, se acuerda:
Nombrar a doña María Florentina Aguado Fernández como Fiscal Delegada de la
especialidad de Derechos Humanos y Memoria Democrática en la Fiscalía Provincial de
Córdoba.
Notifíquese lo acordado a la Fiscal de Sala de la Unidad de Derechos Humanos y
Memoria Democrática, a la Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de
Andalucía y al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Córdoba, que trasladará copia del
presente Decreto a la fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de todos los fiscales
de la plantilla.
Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de
un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su
publicación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010), en los
términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o,
alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo
dispuesto en el artículo 46 de esa misma Ley.
cve: BOE-A-2024-12405
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 7 de junio de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 148
Miércoles 19 de junio de 2024
Sec. II.A. Pág. 71042
Fundamentos de Derecho
Primero.
El artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real
Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que «Los Fiscales delegados especialistas,
tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados,
mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a
propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o
Delegado, precediendo a la resolución la audiencia del Consejo Fiscal.
En el mismo sentido la Instrucción 5/2008, de la Fiscalía General del Estado,
establece que los nombramientos y ceses de los fiscales delegados de especialidad irán
precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala, quien podrá
efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la
propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.
Segundo.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al
nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía
Provincial de Córdoba avala la idoneidad de la candidata.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones
del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la
propuesta, se acuerda:
Nombrar a doña María Florentina Aguado Fernández como Fiscal Delegada de la
especialidad de Derechos Humanos y Memoria Democrática en la Fiscalía Provincial de
Córdoba.
Notifíquese lo acordado a la Fiscal de Sala de la Unidad de Derechos Humanos y
Memoria Democrática, a la Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de
Andalucía y al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Córdoba, que trasladará copia del
presente Decreto a la fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de todos los fiscales
de la plantilla.
Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de
un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su
publicación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010), en los
términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o,
alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo
dispuesto en el artículo 46 de esa misma Ley.
cve: BOE-A-2024-12405
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 7 de junio de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X