III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-12362)
Resolución de 7 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se corrigen errores en la de 18 de enero de 2023, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque fotovoltaico "La Flota-La Flota II" de 89,92 MWp y 76,34 MWn MW, y su infraestructura de evacuación, en Fortuna (Murcia)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147

Martes 18 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 70892

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
12362

Resolución de 7 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se corrigen errores en la de 18 de enero de
2023, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto
«Parque fotovoltaico «La Flota-La Flota II» de 89,92 MWp y 76,34 MWn MW,
y su infraestructura de evacuación, en Fortuna (Murcia)».

Advertidos errores en la publicación de la Resolución de 18 de enero de 2023, de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración
de impacto ambiental del proyecto «Parque fotovoltaico "La Flota-La Flota II" de 89,92
MWp y 76,34 MWn MW, y su infraestructura de evacuación, en Fortuna (Murcia)»,
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 28 de fecha 2 de febrero de 2023,
páginas 15072 a 15093, se transcriben a continuación las siguientes rectificaciones:
Primera.

Donde dice: (13) Se deberá proceder, por una parte y previamente a las obras, a la
redacción de un Plan de Restauración Integral para su entrega ante la Subdirección
General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Dirección General de Medio
Natural de la Región de Murcia, que contemplará las medidas previstas en el EsIA y
aquéllas que puedan establecerse al efecto, definiendo las áreas a restaurar tras las
obras e incluyendo todas las medidas que sean necesarias, se anexará la
correspondiente cartografía y se reelaborará el presupuesto de restauración incluido en
el EsIA; y, por otro, la redacción de un informe donde se concreten las medidas
compensatorias definitivas, con detalle de su ejecución, actuaciones necesarias y costes,
para la obtención de informe favorable de este Servicio y del órgano ambiental.
Debe decir: (13) Se deberá proceder, por una parte y previamente a las obras, a la
redacción de un Plan de Restauración Integral para su entrega ante la Subdirección
General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Dirección General de Medio
Natural de la Región de Murcia, que contemplará las medidas previstas en el EsIA y
aquéllas que puedan establecerse al efecto, definiendo las áreas a restaurar tras las
obras e incluyendo todas las medidas que sean necesarias, se anexará la
correspondiente cartografía y se reelaborará el presupuesto de restauración incluido en
el EsIA; y, por otro, la redacción de un informe donde se concreten las medidas
compensatorias definitivas, con detalle de su ejecución, actuaciones necesarias y costes,
para la obtención de informe favorable de la Subdirección General de Patrimonio Natural
y Cambio Climático de la Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia.
Madrid, 7 de junio de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental,
Marta Gómez Palenque.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-12362
Verificable en https://www.boe.es

En la condición número 13 del apartado 1. «Condiciones al proyecto», del epígrafe ii)
«Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los
impactos más significativos», del apartado «Vegetación, flora e HICs»: