III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-12356)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, O.A., por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión a la Comunidad de Regantes Margen Izquierda Pantano de Rosarito, para la explotación, mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones de la Margen Izquierda de la Zona Regable de Rosarito.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70817
– Limpieza, mantenimiento y reparación y/o sustitución de elementos
electromecánicos (compuertas de nivel constante, compuertas transversales, equipos
limpiarrejas, filtros y tamices de todo tipo, almenaras y desagües, etc.).
– Reparación, limpieza y mantenimiento de caminos de servicio de los canales y
acequias situados dentro de las superficies expropiadas por el Estado para albergar
infraestructuras de la zona regable y no excluidos expresamente en la cláusula primera.
Entre otras actividades se encuentra la rehabilitación de firmes, capas de rodadura y
obras de fábrica (puentes, caños, alcantarillas).
– Limpieza, conservación, mantenimiento y reposición de señalización horizontal y
vertical de los caminos mencionados en el párrafo anterior, protecciones, accesos, pasos
sobre canales, retirada de objetos sobre la vía, limpieza de cunetas.
– Atención a accidentes o incidentes, establecimiento, mantenimiento y retirada de
señalización ocasional, retirada de animales muertos u otros objetos perturbadores en
canales y acequias, retirada de árboles caídos u otros objetos que interrumpan el paso
en caminos de servicio o afecten a las conducciones.
– Reparación y reposición de cerramientos y vallados de infraestructuras de todo tipo.
– Explotación, conservación y mantenimiento, tanto preventivo como correctivo de
las infraestructuras de la Zona Regable.
e) Explotar los canales y acequias de la margen izquierda de Rosarito y sus
tomas. Toda la infraestructura hidráulica de la margen izquierda desde el partidor hacia
aguas abajo.
f) Recabar la autorización de la Administración General del Estado de cualquier
modificación que se necesite realizar para la adecuación de las instalaciones cedidas a
la finalidad prevista, en el caso de que aquella sea sustancial, entendiendo por tal, la que
altere su función o amplíe la infraestructura o el domino público ocupado o que puedan
suponer una modificación de la capacidad hidráulica de la infraestructura.
g) La Comunidad de Regantes Margen Izquierda Pantano de Rosarito deberá
observar todas las disposiciones vigentes de preservación medioambiental, sean de
competencia de la Administración General del Estado o Autonómica, adoptando las
medidas necesarias para su cumplimiento.
h) La Comunidad de Regantes Margen Izquierda Pantano de Rosarito, en tanto que
promotor de las actuaciones de mantenimiento y conservación que se ejecutarán sobre
las infraestructuras mencionadas en el anexo I, deberá observar todas las disposiciones
vigentes en materia de Seguridad y Salud laboral, sean de responsabilidad de la
Administración General del Estado o Autonómica, adoptando todas las medidas
necesarias para su cumplimiento.
i) Sólo la Comunidad de Regantes será responsable frente a la Confederación
Hidrográfica del Tajo y/o frente a terceros de los perjuicios que puedan causarse por el
incorrecto uso y disfrute de los inmuebles e instalaciones cuya gestión se le encomienda
o por el ejercicio de la actividad que en las mismas se desarrolle. La Confederación
Hidrográfica del Tajo mantendrá la responsabilidad frente a terceros y frente al
encomendado, por aquellos daños que pudieran ocasionarse como consecuencia
demostrable de la mala ejecución de las obras, deficiencias en sus cimientos,
estructuras, o elementos mecánicos, siempre que aquellos no se deban a un incorrecto
uso o explotación de los mismos. En consecuencia, cuantas anomalías se presentasen
por las deficiencias constructivas que pudieran padecer las obras o infraestructuras,
incluso vicios del suelo, deficiencias en sus cimientos, estructuras o elementos
mecánicos, siempre que aquellos no se deban a un incorrecto uso, explotación o
mantenimiento de los mismos, dado el carácter demanial de las infraestructuras objeto
de esta encomienda, serán comunicadas a la Confederación Hidrográfica del Tajo a fin
de que proceda a la reparación, subsanación o ejecución de las obras adicionales
pertinentes, con objeto de posibilitar la operatividad de la obra cedida al uso a que viene
destinada. En todo caso, la Confederación Hidrográfica del Tajo mantendrá la
responsabilidad frente a terceros y frente al encomendado por un periodo de cinco años
desde que cobre plena firmeza este convenio, por aquellos daños que pudieran
cve: BOE-A-2024-12356
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 147
Martes 18 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70817
– Limpieza, mantenimiento y reparación y/o sustitución de elementos
electromecánicos (compuertas de nivel constante, compuertas transversales, equipos
limpiarrejas, filtros y tamices de todo tipo, almenaras y desagües, etc.).
– Reparación, limpieza y mantenimiento de caminos de servicio de los canales y
acequias situados dentro de las superficies expropiadas por el Estado para albergar
infraestructuras de la zona regable y no excluidos expresamente en la cláusula primera.
Entre otras actividades se encuentra la rehabilitación de firmes, capas de rodadura y
obras de fábrica (puentes, caños, alcantarillas).
– Limpieza, conservación, mantenimiento y reposición de señalización horizontal y
vertical de los caminos mencionados en el párrafo anterior, protecciones, accesos, pasos
sobre canales, retirada de objetos sobre la vía, limpieza de cunetas.
– Atención a accidentes o incidentes, establecimiento, mantenimiento y retirada de
señalización ocasional, retirada de animales muertos u otros objetos perturbadores en
canales y acequias, retirada de árboles caídos u otros objetos que interrumpan el paso
en caminos de servicio o afecten a las conducciones.
– Reparación y reposición de cerramientos y vallados de infraestructuras de todo tipo.
– Explotación, conservación y mantenimiento, tanto preventivo como correctivo de
las infraestructuras de la Zona Regable.
e) Explotar los canales y acequias de la margen izquierda de Rosarito y sus
tomas. Toda la infraestructura hidráulica de la margen izquierda desde el partidor hacia
aguas abajo.
f) Recabar la autorización de la Administración General del Estado de cualquier
modificación que se necesite realizar para la adecuación de las instalaciones cedidas a
la finalidad prevista, en el caso de que aquella sea sustancial, entendiendo por tal, la que
altere su función o amplíe la infraestructura o el domino público ocupado o que puedan
suponer una modificación de la capacidad hidráulica de la infraestructura.
g) La Comunidad de Regantes Margen Izquierda Pantano de Rosarito deberá
observar todas las disposiciones vigentes de preservación medioambiental, sean de
competencia de la Administración General del Estado o Autonómica, adoptando las
medidas necesarias para su cumplimiento.
h) La Comunidad de Regantes Margen Izquierda Pantano de Rosarito, en tanto que
promotor de las actuaciones de mantenimiento y conservación que se ejecutarán sobre
las infraestructuras mencionadas en el anexo I, deberá observar todas las disposiciones
vigentes en materia de Seguridad y Salud laboral, sean de responsabilidad de la
Administración General del Estado o Autonómica, adoptando todas las medidas
necesarias para su cumplimiento.
i) Sólo la Comunidad de Regantes será responsable frente a la Confederación
Hidrográfica del Tajo y/o frente a terceros de los perjuicios que puedan causarse por el
incorrecto uso y disfrute de los inmuebles e instalaciones cuya gestión se le encomienda
o por el ejercicio de la actividad que en las mismas se desarrolle. La Confederación
Hidrográfica del Tajo mantendrá la responsabilidad frente a terceros y frente al
encomendado, por aquellos daños que pudieran ocasionarse como consecuencia
demostrable de la mala ejecución de las obras, deficiencias en sus cimientos,
estructuras, o elementos mecánicos, siempre que aquellos no se deban a un incorrecto
uso o explotación de los mismos. En consecuencia, cuantas anomalías se presentasen
por las deficiencias constructivas que pudieran padecer las obras o infraestructuras,
incluso vicios del suelo, deficiencias en sus cimientos, estructuras o elementos
mecánicos, siempre que aquellos no se deban a un incorrecto uso, explotación o
mantenimiento de los mismos, dado el carácter demanial de las infraestructuras objeto
de esta encomienda, serán comunicadas a la Confederación Hidrográfica del Tajo a fin
de que proceda a la reparación, subsanación o ejecución de las obras adicionales
pertinentes, con objeto de posibilitar la operatividad de la obra cedida al uso a que viene
destinada. En todo caso, la Confederación Hidrográfica del Tajo mantendrá la
responsabilidad frente a terceros y frente al encomendado por un periodo de cinco años
desde que cobre plena firmeza este convenio, por aquellos daños que pudieran
cve: BOE-A-2024-12356
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 147