III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-12356)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, O.A., por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión a la Comunidad de Regantes Margen Izquierda Pantano de Rosarito, para la explotación, mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones de la Margen Izquierda de la Zona Regable de Rosarito.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Martes 18 de junio de 2024
Grupo 4.
Pk origen canal
Sec. III. Pág. 70829
(Limpiarejas)
Pk inicio Pk final
Mts
Observaciones
0
Grupo 5.
Pk origen canal
Alm. Final.
Pk inicio Pk final
49,258
Grupo 6.
Pk origen canal
CANAL.
(Desagües)
49,440
Mts
182
Observaciones
Cajero hormigonado
rectangular.
(Caminos)
Pk inicio Pk final
Mts
Observaciones
34,532
45,135
10603 Camino asfaltado de 5 mts.
Acq. A60.
0,000
0,735
735 Camino de zahorra.
Acq. A63.
0,000
5,347
5347 Camino de zahorra.
En general, la encomienda de la gestión abarca todos los elementos principales o
auxiliares que componen la infraestructura de la margen izquierda de la Zona Regable
de Rosarito, incluida dentro de los correspondientes expedientes de expropiación, a
excepción de los expresamente exceptuados en este convenio.
– Infraestructuras Generales.
– Presa de Rosarito, y todas sus infraestructuras asociadas. Excluido del convenio.
– Tramo común del canal, desde la salida de la central hidroeléctrica a pie de la
Presa de Rosarito hasta el partidor. Excluido del convenio.
– Partidor, donde se bifurcan las aguas entre la margen izquierda y la derecha,
incluyendo una salida directa regulada con compuertas al Río Tiétar. Excluido del
convenio.
– Caminos principales para el uso de la zona regable (no excluidos expresamente en
la cláusula primera): Todos aquellos caminos de uso general de la zona regable que se
encuentren dentro de la superficie expropiada por el Estado.
ANEXO II
En este anexo se relacionan las inversiones, tanto las procedentes del presupuesto
del Organismo (fondos propios) como las procedentes de la Dirección General del Agua
sobre las que la Comunidad de Regantes Margen Izquierda Pantano de Rosarito ha
manifestado su interés en que se realicen, que estarán supeditadas, en todo caso, a las
coberturas presupuestarias correspondientes y cuya ejecución dará lugar, en su caso, a
la incorporación en el apartado c) del artículo 114.3 del Real Decreto Legislativo 1/2001,
del TRLA, del Canon de Regulación y Tarifa de Utilización del Agua, para la recuperación
de los costes de inversiones realizadas en tales obras hidráulicas específicas, mediante
el abono de las cuotas pendientes de amortizar.
Las inversiones siguientes se refieren al conjunto de la Zona Regable de Rosarito.
Exceptuando las infraestructuras comunes a ambas márgenes, para el resto se tenderá
a realizar el reparto atendiendo a la cantidad total de la infraestructura objetivo de la
inversión (canales, acequias, caminos) que exista en cada margen.
cve: BOE-A-2024-12356
Verificable en https://www.boe.es
Relación de inversiones
Núm. 147
Martes 18 de junio de 2024
Grupo 4.
Pk origen canal
Sec. III. Pág. 70829
(Limpiarejas)
Pk inicio Pk final
Mts
Observaciones
0
Grupo 5.
Pk origen canal
Alm. Final.
Pk inicio Pk final
49,258
Grupo 6.
Pk origen canal
CANAL.
(Desagües)
49,440
Mts
182
Observaciones
Cajero hormigonado
rectangular.
(Caminos)
Pk inicio Pk final
Mts
Observaciones
34,532
45,135
10603 Camino asfaltado de 5 mts.
Acq. A60.
0,000
0,735
735 Camino de zahorra.
Acq. A63.
0,000
5,347
5347 Camino de zahorra.
En general, la encomienda de la gestión abarca todos los elementos principales o
auxiliares que componen la infraestructura de la margen izquierda de la Zona Regable
de Rosarito, incluida dentro de los correspondientes expedientes de expropiación, a
excepción de los expresamente exceptuados en este convenio.
– Infraestructuras Generales.
– Presa de Rosarito, y todas sus infraestructuras asociadas. Excluido del convenio.
– Tramo común del canal, desde la salida de la central hidroeléctrica a pie de la
Presa de Rosarito hasta el partidor. Excluido del convenio.
– Partidor, donde se bifurcan las aguas entre la margen izquierda y la derecha,
incluyendo una salida directa regulada con compuertas al Río Tiétar. Excluido del
convenio.
– Caminos principales para el uso de la zona regable (no excluidos expresamente en
la cláusula primera): Todos aquellos caminos de uso general de la zona regable que se
encuentren dentro de la superficie expropiada por el Estado.
ANEXO II
En este anexo se relacionan las inversiones, tanto las procedentes del presupuesto
del Organismo (fondos propios) como las procedentes de la Dirección General del Agua
sobre las que la Comunidad de Regantes Margen Izquierda Pantano de Rosarito ha
manifestado su interés en que se realicen, que estarán supeditadas, en todo caso, a las
coberturas presupuestarias correspondientes y cuya ejecución dará lugar, en su caso, a
la incorporación en el apartado c) del artículo 114.3 del Real Decreto Legislativo 1/2001,
del TRLA, del Canon de Regulación y Tarifa de Utilización del Agua, para la recuperación
de los costes de inversiones realizadas en tales obras hidráulicas específicas, mediante
el abono de las cuotas pendientes de amortizar.
Las inversiones siguientes se refieren al conjunto de la Zona Regable de Rosarito.
Exceptuando las infraestructuras comunes a ambas márgenes, para el resto se tenderá
a realizar el reparto atendiendo a la cantidad total de la infraestructura objetivo de la
inversión (canales, acequias, caminos) que exista en cada margen.
cve: BOE-A-2024-12356
Verificable en https://www.boe.es
Relación de inversiones