III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-12349)
Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio de Abogados de Elche.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Martes 18 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70766
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
12349
Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio de Abogados de Elche.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio de
Abogados de Elche, un Convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura
como anexo de esta Resolución.
Madrid, 11 de junio de 2024.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio de Abogados de Elche, en materia de gestión catastral
En Madrid y Elche, a diez de junio del año dos mil veinticuatro.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre)
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo
decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don Diego García García, Decano del Ilustre Colegio de Abogados de
Elche, proclamado electo en fecha 17 de diciembre de 2022, cuya representación
desempeña de conformidad con el artículo 65 de sus Estatutos publicados por
Resolución de 25 de septiembre de 2007, del Director General de Justicia y Menor de la
Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas de la Comunidad Valenciana (DOGV
de 11 de octubre).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2024-12349
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 147
Martes 18 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70766
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
12349
Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio de Abogados de Elche.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio de
Abogados de Elche, un Convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura
como anexo de esta Resolución.
Madrid, 11 de junio de 2024.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio de Abogados de Elche, en materia de gestión catastral
En Madrid y Elche, a diez de junio del año dos mil veinticuatro.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre)
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo
decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don Diego García García, Decano del Ilustre Colegio de Abogados de
Elche, proclamado electo en fecha 17 de diciembre de 2022, cuya representación
desempeña de conformidad con el artículo 65 de sus Estatutos publicados por
Resolución de 25 de septiembre de 2007, del Director General de Justicia y Menor de la
Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas de la Comunidad Valenciana (DOGV
de 11 de octubre).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2024-12349
Verificable en https://www.boe.es
Primero.