III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-12283)
Resolución de 5 de junio de 2024, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con la Fundació Hospital Universitari Vall d'Hebron-Institut de Recerca, para la promoción e impulso de la investigación en el área temática de Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina. Unidad 20 de Nanb-iosis.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70540
II. La Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica, contempla el fomento
y la promoción de la actividad investigadora en el Sistema Nacional de Salud y prevé la
colaboración y participación para la ejecución de programas o proyectos de
investigación.
III. El artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público (LRJSP), define los convenios como aquellos acuerdos con efectos
jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y
entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades públicas
entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.
IV. Que la Orden Ministerial SCO/806/2006 de 13 de marzo, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar estructuras
estables de investigación cooperativa, en el área de biomedicina y ciencias de la salud,
establece que los CIBER tienen como objeto:
a) Impulsar la investigación de excelencia en Biomedicina y Ciencias de la Salud
que se realiza en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, mediante el desarrollo y
potenciación de estructuras estables de Investigación Cooperativa.
b) Promover y financiar, a través del Instituto de Salud Carlos III, O.A, M.P., la
asociación estable de grupos de investigación pertenecientes a centros de investigación,
en las diversas modalidades de Investigación Cooperativa en Red (Centro de
Investigación Biomédica en Red y Redes Temáticas de Investigación Cooperativa en
Salud), para contribuir a fundamentar científicamente los programas y políticas del
Sistema Nacional de Salud en las áreas prioritarias del Plan Nacional de I+D+I.
c) Generar grandes Centros de Investigación traslacional estables, de carácter
multidisciplinar y pluriinstitucional, donde se integre la investigación básica, clínica y
poblacional, al objeto de desarrollar un único programa común de investigación,
focalizado en ciertas patologías que son relevantes para el Sistema Nacional de Salud
por su prevalencia o que, debido a la repercusión social de las mismas, son
consideradas estratégicas para el mismo.
II. Exponen
I. Que el VHIR es una Fundación sin ánimo de lucro constituida en Barcelona, el 10
de junio de 1994, que tiene como finalidad promover, desarrollar, transmitir, gestionar y
difundir la investigación, el conocimiento científico y tecnológico, la innovación, la
docencia y la formación en el ámbito de las ciencias de la vida y de la salud. Que
asimismo el VHIR, en virtud de los convenios firmados con el Institut Català de la SalutHospital Universitari Vall d’Hebron (en adelante, HUVH) durante las anualidades 1994,
1995, 2003 y 2012 y renovados todos ellos durante la anualidad 2021, gestiona la
investigación, la innovación, la docencia y la formación desarrollada en el Hospital
Universitari Vall d’Hebron (HUVH).
II. Que CIBER es un Consorcio constituido por diversas instituciones y centros de
investigación con sede social en distintas Comunidades Autónomas, el CSIC, M.P. y el
Instituto de Salud Carlos III,O.A, M.P., el cual, de conformidad con el artículo 2 de sus
estatutos, es uno de los instrumentos de los que dispone la Administración para alcanzar
las metas establecidas en la Estrategia Estatal y en los Planes Estatales de Investigación
Científica y Técnica y de Innovación, así como contempla que son finalidades
específicas del Consorcio las siguientes:
a) La realización de programas conjuntos de investigación, desarrollo e innovación
en las áreas temáticas de Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina, (CIBERBBN);
Enfermedades Raras, (CIBERER); Enfermedades Respiratorias, (CIBERES);
Enfermedades Hepáticas y Digestivas, (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública,
(CIBERESP); Salud Mental, (CIBERSAM); Diabetes y Enfermedades Metabólicas,
(CIBERDEM); Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición, (CIBEROBN); Fragilidad y
Envejecimiento Saludable (CIBERFES); Enfermedades Cardiovasculares (CIBERCV);
cve: BOE-A-2024-12283
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 146
Lunes 17 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70540
II. La Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica, contempla el fomento
y la promoción de la actividad investigadora en el Sistema Nacional de Salud y prevé la
colaboración y participación para la ejecución de programas o proyectos de
investigación.
III. El artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público (LRJSP), define los convenios como aquellos acuerdos con efectos
jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y
entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades públicas
entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.
IV. Que la Orden Ministerial SCO/806/2006 de 13 de marzo, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar estructuras
estables de investigación cooperativa, en el área de biomedicina y ciencias de la salud,
establece que los CIBER tienen como objeto:
a) Impulsar la investigación de excelencia en Biomedicina y Ciencias de la Salud
que se realiza en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, mediante el desarrollo y
potenciación de estructuras estables de Investigación Cooperativa.
b) Promover y financiar, a través del Instituto de Salud Carlos III, O.A, M.P., la
asociación estable de grupos de investigación pertenecientes a centros de investigación,
en las diversas modalidades de Investigación Cooperativa en Red (Centro de
Investigación Biomédica en Red y Redes Temáticas de Investigación Cooperativa en
Salud), para contribuir a fundamentar científicamente los programas y políticas del
Sistema Nacional de Salud en las áreas prioritarias del Plan Nacional de I+D+I.
c) Generar grandes Centros de Investigación traslacional estables, de carácter
multidisciplinar y pluriinstitucional, donde se integre la investigación básica, clínica y
poblacional, al objeto de desarrollar un único programa común de investigación,
focalizado en ciertas patologías que son relevantes para el Sistema Nacional de Salud
por su prevalencia o que, debido a la repercusión social de las mismas, son
consideradas estratégicas para el mismo.
II. Exponen
I. Que el VHIR es una Fundación sin ánimo de lucro constituida en Barcelona, el 10
de junio de 1994, que tiene como finalidad promover, desarrollar, transmitir, gestionar y
difundir la investigación, el conocimiento científico y tecnológico, la innovación, la
docencia y la formación en el ámbito de las ciencias de la vida y de la salud. Que
asimismo el VHIR, en virtud de los convenios firmados con el Institut Català de la SalutHospital Universitari Vall d’Hebron (en adelante, HUVH) durante las anualidades 1994,
1995, 2003 y 2012 y renovados todos ellos durante la anualidad 2021, gestiona la
investigación, la innovación, la docencia y la formación desarrollada en el Hospital
Universitari Vall d’Hebron (HUVH).
II. Que CIBER es un Consorcio constituido por diversas instituciones y centros de
investigación con sede social en distintas Comunidades Autónomas, el CSIC, M.P. y el
Instituto de Salud Carlos III,O.A, M.P., el cual, de conformidad con el artículo 2 de sus
estatutos, es uno de los instrumentos de los que dispone la Administración para alcanzar
las metas establecidas en la Estrategia Estatal y en los Planes Estatales de Investigación
Científica y Técnica y de Innovación, así como contempla que son finalidades
específicas del Consorcio las siguientes:
a) La realización de programas conjuntos de investigación, desarrollo e innovación
en las áreas temáticas de Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina, (CIBERBBN);
Enfermedades Raras, (CIBERER); Enfermedades Respiratorias, (CIBERES);
Enfermedades Hepáticas y Digestivas, (CIBEREHD); Epidemiología y Salud Pública,
(CIBERESP); Salud Mental, (CIBERSAM); Diabetes y Enfermedades Metabólicas,
(CIBERDEM); Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición, (CIBEROBN); Fragilidad y
Envejecimiento Saludable (CIBERFES); Enfermedades Cardiovasculares (CIBERCV);
cve: BOE-A-2024-12283
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 146