III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Marina mercante. (BOE-A-2024-12268)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se aprueba como buque escuela al Galeón Andalucía de la Fundación Nao Victoria.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Lunes 17 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 70423

Sección de máquinas:
– Los alumnos aspirantes a Oficial de Máquinas de Segunda Clase podrán
realizar 6 meses.
– Los alumnos aspirantes a Mecánico Mayor Naval o Mecánico Naval podrán
realizar 6 meses.
Cuarto.
Las funciones que a nivel operacional son aprobadas de acuerdo con las tablas de
las secciones A-II/1 y A-III/1, respectivamente, del Código STCW son las siguientes:
Departamento de puente:
1.
2.

Navegación.
Control del funcionamiento del buque y cuidado de las personas a bordo.

Departamento de máquinas:
1. Maquinaria naval a nivel operacional.
2. Instalaciones eléctricas, electrónicas y de control, a nivel operacional.
3. Mantenimiento y reparaciones, a nivel operacional.
4. Control del funcionamiento del buque y cuidado de las personas a bordo.
Quinto.
Los alumnos cumplimentarán el Libro Registro de Formación y será firmado y sellado
por el oficial supervisor de las prácticas y por el capitán del buque en los lugares del libro
que corresponda.
Sexto.
Los alumnos que tengan un acuerdo de voluntariado se les expedirá el pertinente
certificado de acuerdo con el artículo 24 de Ley 45/2015, de 14 de octubre, de
Voluntariado. La acreditación de la prestación de servicios voluntarios se efectuará
mediante certificación expedida por la Fundación Nao Victoria, en cualquier momento en
que el voluntario lo solicite y, en todo caso, a la finalización del periodo de prácticas. En
ella deberán constar, como mínimo, además de los datos personales e identificativos del
voluntario y de la Fundación Nao Victoria, la fecha de incorporación a la entidad y la
duración, descripción funciones asumidas y el nombre del buque.
Séptimo.

Octavo.
El régimen jurídico aplicable a los alumnos y su formación a bordo se regirá por las
disposiciones de la sección 3.ª del capítulo III del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril.
Noveno.
Lo determinado en esta resolución será también aplicable a los alumnos que hayan
realizado prácticas con anterioridad a su entrada en vigor.

cve: BOE-A-2024-12268
Verificable en https://www.boe.es

Tras la finalización de las prácticas se expedirá el certificado de empresa naviera
(modelo Anexo IV o documento que lo sustituya) que formará parte de la documentación
que acredite el periodo de embarque, firmado y sellado por el Capitán del Buque. Así
mismo se cumplimentará el asiento correspondiente de la Libreta de Navegación
Marítima.