III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-12100)
Resolución de 5 de junio de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación CRE100DO, para colaborar en proyectos de apoyo a la internacionalización de las empresas españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Viernes 14 de junio de 2024
4.2

Sec. III. Pág. 69663

Justificación y contribuciones.

Para el adecuado seguimiento de los costes de las actividades, la Comisión de
Seguimiento podrá reunirse, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula quinta de este
convenio, con el fin de valorar los gastos de las actividades previstas en el Plan Anual
referido en el presente convenio.
Sin perjuicio de lo anterior, una vez finalizadas las actividades previstas en el primer
semestre en el respectivo plan anual, la Fundación elaborará y presentará a la Comisión
de Seguimiento para su aprobación una memoria justificativa técnica y otra memoria
económica en la que conste un detalle de las actividades realizadas y de los gastos y
pagos incurridos por ésta en dicho período. Asimismo, finalizadas las actividades
previstas en el segundo semestre en el respectivo plan anual, la Fundación elaborará y
presentará a la Comisión de Seguimiento para su aprobación una memoria justificativa
técnica y otra memoria económica en la que conste un detalle de las actividades
realizadas y de los gastos y pagos incurridos por ésta en dicho período, así como otros
correspondientes al primer semestre que no se hubiesen podido incluir en la memoria del
primer semestre. Estos gastos serán posteriormente auditados por ICEX (dos veces al
año), mediante auditor externo contratado al efecto por ICEX. Una vez auditados y
verificados estos gastos y su adecuación con lo previsto en este convenio, ICEX
realizará sus aportaciones previstas.
Quinta.

Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento y evaluación, de las actividades relacionadas con el presente
convenio se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento (en lo sucesivo, la Comisión
de Seguimiento) integrada por dos (2) representantes designados por la Fundación y
otros dos (2) designados por ICEX:
Por parte de la Fundación:
– La persona titular de la Dirección General; y
– La persona titular del área de Gestión del Conocimiento.
Por parte de ICEX:
– La persona titular de la subdirección de Programas y de Transformación
Empresarial; y
– La persona titular de la dirección adjunta de Crecimiento Internacional de la
Empresa y Estrategias de Comercialización.

– Interpretar y resolver las incidencias que puedan darse en la ejecución del
convenio.
– Aprobación de las actividades objeto de este convenio a través de los
correspondientes Planes Anuales en los que se indicará la previsión de actividades, así
como las cuestiones a ejecutar por cada una de las Partes.
– Seguimiento, vigilancia y coordinación de las actuaciones que en virtud del mismo
se desarrollen.
– Valorar los gastos realizados dentro de las actividades realizadas al amparo del
presente convenio a través de la aprobación de las memorias económicas donde se
indica en detalle los gastos incurridos en cada una de las actividades realizadas en cada
uno de los semestres de vigencia de este convenio.
La Comisión podrá reunirse de forma presencial o telemática cuantas veces lo
solicite cualquiera de las Partes, convocándose con una antelación mínima de cinco (5)
días naturales. Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por unanimidad de sus

cve: BOE-A-2024-12100
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión tendrá asignadas las funciones de: