III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2024-12109)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se publica el Convenio tipo con la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, para la prestación del servicio distribuido de Nómina Estándar de la Administración General del Estado, Nedaes, y el Servicio de Visualización de Nóminas Servinómina.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Viernes 14 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 69756
Servidores compartidos.
El servidor de Servinómina puede compartirse entre varios organismos, de igual
manera que es posible particionar una instalación NEDAES para varias habilitaciones u
organismos, de forma que cada uno de ellos tenga la visión de un servidor propio.
Consulta de los Usuarios.
Servinómina permite la consulta de nóminas correspondientes a los cinco últimos
años, siempre que estén disponibles y hayan sido cargadas por el Centro Usuario. El
acceso seguirá siendo posible aun cuando el consultante cambie de organismo,
pudiendo ver las nóminas emitidas por los diferentes organismos donde haya estado
destinado, siempre que éstos sean usuarios de Servinómina.
El acceso de los usuarios se realizará a través del Portal Funciona o de la Sede
electrónica asociada Funciona. En todos los casos se le requerirá la correspondiente
identificación que garantice su identidad. Una vez autenticado, podrá acceder al apartado
de retribuciones donde podrá consultar los datos correspondientes a su nómina.
Obligaciones de la SGAD.
La SGAD se compromete a:
– Realizar el mantenimiento de la aplicación Servinómina.
– Proveer soporte a los usuarios finales, en las incidencias relacionadas con la
consulta de sus nóminas.
– Publicar y mantener actualizada, salvo excepciones, la lista de centros usuarios de
Servinómina, en el Portal Funciona y la Sede electrónica asociada Funciona.
Obligaciones del Centro Usuario.
El Centro usuario se compromete a:
– Designar, al menos, un gestor de nóminas.
– El Centro Usuario, por suplencia, por razón del volumen de nóminas o por alguna
otra causa, podrá designar más gestores de nóminas.
– Las altas, bajas o modificaciones de los gestores de nóminas serán realizadas por
la SGAD, previa petición del Centro Usuario.
– El gestor de nóminas del Centro Usuario realizará las tareas necesarias para la
carga de las nóminas mediante los procedimientos que se especifican en las
instrucciones que se remitirán al Centro Usuario.
– Instalar el servidor de Servinómina del Centro Usuario, que deberá estar
conectado a la Red SARA.
– Instalar las versiones oportunas de la aplicación Servinómina.
– Realizar el mantenimiento del servidor de Servinómina del Centro Usuario.
ANEXO V
Doña Cristina Herrero Sánchez, como Presidenta de la Autoridad Independiente de
Responsabilidad Fiscal, AAI, declara que el número de perceptores en alta en las
nóminas ordinarias que se estima para los fines del presente Convenio asciende a un
total de 78.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada
anualidad de vigencia del convenio, los compromisos financieros asumidos.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-12109
Verificable en https://www.boe.es
Estimación de uso
Núm. 144
Viernes 14 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 69756
Servidores compartidos.
El servidor de Servinómina puede compartirse entre varios organismos, de igual
manera que es posible particionar una instalación NEDAES para varias habilitaciones u
organismos, de forma que cada uno de ellos tenga la visión de un servidor propio.
Consulta de los Usuarios.
Servinómina permite la consulta de nóminas correspondientes a los cinco últimos
años, siempre que estén disponibles y hayan sido cargadas por el Centro Usuario. El
acceso seguirá siendo posible aun cuando el consultante cambie de organismo,
pudiendo ver las nóminas emitidas por los diferentes organismos donde haya estado
destinado, siempre que éstos sean usuarios de Servinómina.
El acceso de los usuarios se realizará a través del Portal Funciona o de la Sede
electrónica asociada Funciona. En todos los casos se le requerirá la correspondiente
identificación que garantice su identidad. Una vez autenticado, podrá acceder al apartado
de retribuciones donde podrá consultar los datos correspondientes a su nómina.
Obligaciones de la SGAD.
La SGAD se compromete a:
– Realizar el mantenimiento de la aplicación Servinómina.
– Proveer soporte a los usuarios finales, en las incidencias relacionadas con la
consulta de sus nóminas.
– Publicar y mantener actualizada, salvo excepciones, la lista de centros usuarios de
Servinómina, en el Portal Funciona y la Sede electrónica asociada Funciona.
Obligaciones del Centro Usuario.
El Centro usuario se compromete a:
– Designar, al menos, un gestor de nóminas.
– El Centro Usuario, por suplencia, por razón del volumen de nóminas o por alguna
otra causa, podrá designar más gestores de nóminas.
– Las altas, bajas o modificaciones de los gestores de nóminas serán realizadas por
la SGAD, previa petición del Centro Usuario.
– El gestor de nóminas del Centro Usuario realizará las tareas necesarias para la
carga de las nóminas mediante los procedimientos que se especifican en las
instrucciones que se remitirán al Centro Usuario.
– Instalar el servidor de Servinómina del Centro Usuario, que deberá estar
conectado a la Red SARA.
– Instalar las versiones oportunas de la aplicación Servinómina.
– Realizar el mantenimiento del servidor de Servinómina del Centro Usuario.
ANEXO V
Doña Cristina Herrero Sánchez, como Presidenta de la Autoridad Independiente de
Responsabilidad Fiscal, AAI, declara que el número de perceptores en alta en las
nóminas ordinarias que se estima para los fines del presente Convenio asciende a un
total de 78.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada
anualidad de vigencia del convenio, los compromisos financieros asumidos.
https://www.boe.es
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cve: BOE-A-2024-12109
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