III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-11997)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pública de Zaragoza, para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Jueves 13 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 69285

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
11997

Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad Pública de Zaragoza, para el
desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.

Habiéndose suscrito el 31 de mayo de 2024 el Convenio entre el Ministerio del
Interior y la Universidad Pública de Zaragoza, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 6 de junio de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad Pública de Zaragoza para
el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación
En Madrid, a 31 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior,
nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, por el que se nombran
Ministros del Gobierno, al amparo de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del
presente convenio en la calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, doña Ángela Alcalá Arellano, Vicerrectora de Estudiantes y Empleo
de la Universidad de Zaragoza (Resolución Rectoral de 18 de enero de 2021; BOA núm.
12, de 20 de enero), quien actúa en nombre y representación de la misma en virtud de
delegación conferida por Resolución Rectoral de 21 de enero de 2021 (BOA núm. 20,
de 1 de febrero), con domicilio social en calle Pedro Cerbuna, 12, 50009 Zaragoza.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN

Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, este Departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio del Interior le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno
en materia de seguridad ciudadana; la promoción de las condiciones para el ejercicio de los
derechos fundamentales, en particular la libertad y seguridad personales, en los términos

cve: BOE-A-2024-11997
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Primero.