II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-11984)
Resolución de 5 de junio de 2024, de la Universidad de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 69147
interponerse recurso potestativo de reposición o bien ser recurridas directamente ante la
Jurisdicción competente.
En el caso de plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios, se podrá
recurrir ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
8. Presentación de documentos y nombramientos
8.1 Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones a la publicación de la
propuesta de provisión de la comisión de selección sin haberse presentado ninguna o,
en el supuesto de reclamaciones, cuando las mismas hayan sido resueltas, se requerirá
a los/las candidatos/as propuestos/as para la provisión de la plaza para que, en el plazo
de diez días hábiles siguientes al de conclusión de las actuaciones de la comisión,
presenten en el Servicio de PDI de la Universidad los siguientes documentos, en caso de
que no los hubieran aportado con anterioridad:
a) Copia compulsada del DNI, en caso de que no se haya autorizado su consulta, o
documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas correspondientes a profesor de universidad. Este informe
podrá ser realizado, previa citación de las personas aspirantes al efecto, por la unidad
que tenga encomendadas las funciones sobre prevención de riesgos laborales de la
Universidad de Murcia. A tal efecto, las pruebas médicas oportunas podrán ser
realizadas por las entidades colaboradoras.
c) Copia compulsada del título de Doctora o Doctor, en el supuesto de títulos no
expedidos por el rector o rectora de la Universidad de Murcia, en caso de que no se haya
autorizado su consulta.
d) Declaración responsable de no haber sido separada o separado mediante
expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Copia compulsada de las certificaciones en las que se acredite el cumplimiento
de los requisitos específicos que señala la base 2.2 para participar en el concurso de
acceso, en el caso de que no conste dicha información en la Universidad de Murcia.
f) Las personas que tuvieran la condición de funcionarios o funcionarias de carrera
en activo estarán exentas de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar
certificación del Ministerio y Organismo del que dependan, acreditativa de su condición
de funcionario o funcionaria y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios
exigibles en la convocatoria.
8.2 El nombramiento como funcionario/a docente de carrera (profesorado titular de
universidad) será efectuado por el rector o rectora, con posterioridad a que el/la
candidato/a propuesto/a haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos
en el artículo anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza: cuerpo
y especialidad de conocimiento, así como su código de plaza en la Relación de Puestos
de Trabajo. Los nombramientos serán comunicados al correspondiente registro a efectos
de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en los cuerpos
respectivos y publicados en el BOE y en el BORM.
8.3 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del nombramiento en el BOE, el/la concursante propuesto/a deberá tomar
cve: BOE-A-2024-11984
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 143
Jueves 13 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 69147
interponerse recurso potestativo de reposición o bien ser recurridas directamente ante la
Jurisdicción competente.
En el caso de plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios, se podrá
recurrir ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
8. Presentación de documentos y nombramientos
8.1 Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones a la publicación de la
propuesta de provisión de la comisión de selección sin haberse presentado ninguna o,
en el supuesto de reclamaciones, cuando las mismas hayan sido resueltas, se requerirá
a los/las candidatos/as propuestos/as para la provisión de la plaza para que, en el plazo
de diez días hábiles siguientes al de conclusión de las actuaciones de la comisión,
presenten en el Servicio de PDI de la Universidad los siguientes documentos, en caso de
que no los hubieran aportado con anterioridad:
a) Copia compulsada del DNI, en caso de que no se haya autorizado su consulta, o
documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas correspondientes a profesor de universidad. Este informe
podrá ser realizado, previa citación de las personas aspirantes al efecto, por la unidad
que tenga encomendadas las funciones sobre prevención de riesgos laborales de la
Universidad de Murcia. A tal efecto, las pruebas médicas oportunas podrán ser
realizadas por las entidades colaboradoras.
c) Copia compulsada del título de Doctora o Doctor, en el supuesto de títulos no
expedidos por el rector o rectora de la Universidad de Murcia, en caso de que no se haya
autorizado su consulta.
d) Declaración responsable de no haber sido separada o separado mediante
expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Copia compulsada de las certificaciones en las que se acredite el cumplimiento
de los requisitos específicos que señala la base 2.2 para participar en el concurso de
acceso, en el caso de que no conste dicha información en la Universidad de Murcia.
f) Las personas que tuvieran la condición de funcionarios o funcionarias de carrera
en activo estarán exentas de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar
certificación del Ministerio y Organismo del que dependan, acreditativa de su condición
de funcionario o funcionaria y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios
exigibles en la convocatoria.
8.2 El nombramiento como funcionario/a docente de carrera (profesorado titular de
universidad) será efectuado por el rector o rectora, con posterioridad a que el/la
candidato/a propuesto/a haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos
en el artículo anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza: cuerpo
y especialidad de conocimiento, así como su código de plaza en la Relación de Puestos
de Trabajo. Los nombramientos serán comunicados al correspondiente registro a efectos
de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en los cuerpos
respectivos y publicados en el BOE y en el BORM.
8.3 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del nombramiento en el BOE, el/la concursante propuesto/a deberá tomar
cve: BOE-A-2024-11984
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 143