III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-12006)
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Comunidad de Madrid, para la ejecución de las actuaciones incluidas en el Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con cargo a los fondos "Next Generation".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Jueves 13 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 69376
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
12006
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Dirección General de Agenda
Urbana y Arquitectura, por la que se publica la Adenda al Convenio con la
Comunidad de Madrid, para la ejecución de las actuaciones incluidas en el
Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos, dentro del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con cargo a los fondos
«Next Generation».
El 29 de diciembre de 2023, previa tramitación reglamentaria, se suscribió la adenda
al citado Convenio entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Viceconsejero
de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid para la ejecución de las
actuaciones incluidas en el anexo I de la citada adenda.
Por ello, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del texto de la
referida Adenda que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 15 de febrero de 2024.–La Directora General de Agenda Urbana y
Arquitectura, María Teresa Verdú Martínez.
ANEXO
Adenda al Convenio de Colaboración otorgado el 4 de marzo de 2022 entre el
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de
Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad Autónoma de Madrid para la ejecución
del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos
En Madrid, a la fecha de su firma.
De una parte, don David Lucas Parrón, Secretario de Estado de Vivienda y Agenda
Urbana, de acuerdo con el Real Decreto 133/2023, de 21 de febrero, por el que se
dispone su nombramiento, la disposición final primera y el artículo 14.2 del Real Decreto
829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, por los cuales se suprime la Secretaría de Estado de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana y se crea la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda
Urbana, y actuando por delegación de la Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, al
amparo de lo dispuesto en la disposición transitoria única apartado segundo párrafo
segundo del Real Decreto 829/2023, según el cual las delegaciones de competencias
que se hubiesen efectuado en favor de órganos suprimidos se entenderán vigentes en
favor de los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente
competencia, y el artículo quinto apartado 1A) de la Orden TMA/355/2023, de 10 de abril,
por la que se modifica la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de
límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de
competencias.
Y, de otra parte, don Juan Revuelta González, Viceconsejero de Hacienda y Función
Pública de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 193/2023, de 12 de julio, del
Consejo de Gobierno (BOCM, núm. 165, de 13 de julio) y actuando al amparo de lo
dispuesto en el artículo primero.1.f) de la Orden 3 de diciembre de 2021, de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de
determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones («Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid» núm. 303, de 21 de diciembre de 2021). Ambas
cve: BOE-A-2024-12006
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 143
Jueves 13 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 69376
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
12006
Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Dirección General de Agenda
Urbana y Arquitectura, por la que se publica la Adenda al Convenio con la
Comunidad de Madrid, para la ejecución de las actuaciones incluidas en el
Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos, dentro del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con cargo a los fondos
«Next Generation».
El 29 de diciembre de 2023, previa tramitación reglamentaria, se suscribió la adenda
al citado Convenio entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Viceconsejero
de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid para la ejecución de las
actuaciones incluidas en el anexo I de la citada adenda.
Por ello, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del texto de la
referida Adenda que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 15 de febrero de 2024.–La Directora General de Agenda Urbana y
Arquitectura, María Teresa Verdú Martínez.
ANEXO
Adenda al Convenio de Colaboración otorgado el 4 de marzo de 2022 entre el
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de
Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad Autónoma de Madrid para la ejecución
del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos
En Madrid, a la fecha de su firma.
De una parte, don David Lucas Parrón, Secretario de Estado de Vivienda y Agenda
Urbana, de acuerdo con el Real Decreto 133/2023, de 21 de febrero, por el que se
dispone su nombramiento, la disposición final primera y el artículo 14.2 del Real Decreto
829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, por los cuales se suprime la Secretaría de Estado de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana y se crea la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda
Urbana, y actuando por delegación de la Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, al
amparo de lo dispuesto en la disposición transitoria única apartado segundo párrafo
segundo del Real Decreto 829/2023, según el cual las delegaciones de competencias
que se hubiesen efectuado en favor de órganos suprimidos se entenderán vigentes en
favor de los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente
competencia, y el artículo quinto apartado 1A) de la Orden TMA/355/2023, de 10 de abril,
por la que se modifica la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de
límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de
competencias.
Y, de otra parte, don Juan Revuelta González, Viceconsejero de Hacienda y Función
Pública de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 193/2023, de 12 de julio, del
Consejo de Gobierno (BOCM, núm. 165, de 13 de julio) y actuando al amparo de lo
dispuesto en el artículo primero.1.f) de la Orden 3 de diciembre de 2021, de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de
determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones («Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid» núm. 303, de 21 de diciembre de 2021). Ambas
cve: BOE-A-2024-12006
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