V. Anuncios. - A. Contratación del Sector Público. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. (BOE-B-2024-21835)
Anuncio de licitación de: Presidencia del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. Objeto: Servicios asistencia, mediante la realización de labores instrumentales en las inspecciones, investigaciones y comprobaciones de auditores de cuentas y sdes. de auditoría, en la supervisión de estimaciones contables con incidencia en activos y pasivos. Expediente: 151032400188.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de junio de 2024
Sec. V-A. Pág. 32739
10. Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición:
Desde el 1 de octubre de 2024 (2 años).
11. Condiciones de participación:
11.3) Situación personal:
11.3.1) Capacidad de obrar.
11.3.2) Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad.
11.3.3) No prohibición para contratar.
11.3.4) Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social.
11.3.5) Cumplimiento con las obligaciones tributarias.
11.3.6) Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la
legislación española..
11.4) Situación económica y financiera:
11.4.1) Seguro de indemnización (se acreditará por alguno de los siguientes
medios:1) Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor
volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser por un
importe mínimo de 172.500 euros.2) En el caso de personas físicas,
seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior
172.500 euros.3) Para el caso de que, por motivos justificados no pueda
acreditar mediante el volumen anual de negocios: patrimonio neto al cierre
del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de
aprobación de las cuentas anuales por importe de 172.500 euros).
11.4.2) Cifra anual de negocio (se acreditará por alguno de los siguientes
medios:1) Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor
volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser por un
importe mínimo de 172.500 euros.2) En el caso de personas físicas,
seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior
172.500 euros.3) Para el caso de que, por motivos justificados no pueda
acreditar mediante el volumen anual de negocios: patrimonio neto al cierre
del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de
aprobación de las cuentas anuales por importe de 172.500 euros).
11.4.3) Patrimonio neto (se acreditará por alguno de los siguientes medios:1)
Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de
negocio de los tres últimos concluidos deberá ser por un importe mínimo
de 172.500 euros.2) En el caso de personas físicas, seguro de
indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior 172.500
euros.3) Para el caso de que, por motivos justificados no pueda acreditar
mediante el volumen anual de negocios: patrimonio neto al cierre del
último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de
aprobación de las cuentas anuales por importe de 172.500 euros).
11.5) Situación técnica y profesional:
11.5.1) Trabajos realizados (se acreditará por alguno de los siguientes
medios:1. Relación de los principales servicios o trabajos de igual o similar
naturaleza del contrato realizados en los últimos tres años que incluya
importe, fechas y el destinatario de los mismos. Se entenderá que cumplen
con este criterio los licitadores que hayan realizado al menos un trabajo,
cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o
superior al 70 % de la anualidad media del contrato (80.500,00 €, IVA
excluido).2. Para el caso de que, por motivos justificados no pueda
acreditarse mediante el apartado anterior: las titulaciones académicas y
cve: BOE-B-2024-21835
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 143
Jueves 13 de junio de 2024
Sec. V-A. Pág. 32739
10. Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición:
Desde el 1 de octubre de 2024 (2 años).
11. Condiciones de participación:
11.3) Situación personal:
11.3.1) Capacidad de obrar.
11.3.2) Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad.
11.3.3) No prohibición para contratar.
11.3.4) Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social.
11.3.5) Cumplimiento con las obligaciones tributarias.
11.3.6) Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la
legislación española..
11.4) Situación económica y financiera:
11.4.1) Seguro de indemnización (se acreditará por alguno de los siguientes
medios:1) Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor
volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser por un
importe mínimo de 172.500 euros.2) En el caso de personas físicas,
seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior
172.500 euros.3) Para el caso de que, por motivos justificados no pueda
acreditar mediante el volumen anual de negocios: patrimonio neto al cierre
del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de
aprobación de las cuentas anuales por importe de 172.500 euros).
11.4.2) Cifra anual de negocio (se acreditará por alguno de los siguientes
medios:1) Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor
volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser por un
importe mínimo de 172.500 euros.2) En el caso de personas físicas,
seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior
172.500 euros.3) Para el caso de que, por motivos justificados no pueda
acreditar mediante el volumen anual de negocios: patrimonio neto al cierre
del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de
aprobación de las cuentas anuales por importe de 172.500 euros).
11.4.3) Patrimonio neto (se acreditará por alguno de los siguientes medios:1)
Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de
negocio de los tres últimos concluidos deberá ser por un importe mínimo
de 172.500 euros.2) En el caso de personas físicas, seguro de
indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior 172.500
euros.3) Para el caso de que, por motivos justificados no pueda acreditar
mediante el volumen anual de negocios: patrimonio neto al cierre del
último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de
aprobación de las cuentas anuales por importe de 172.500 euros).
11.5) Situación técnica y profesional:
11.5.1) Trabajos realizados (se acreditará por alguno de los siguientes
medios:1. Relación de los principales servicios o trabajos de igual o similar
naturaleza del contrato realizados en los últimos tres años que incluya
importe, fechas y el destinatario de los mismos. Se entenderá que cumplen
con este criterio los licitadores que hayan realizado al menos un trabajo,
cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o
superior al 70 % de la anualidad media del contrato (80.500,00 €, IVA
excluido).2. Para el caso de que, por motivos justificados no pueda
acreditarse mediante el apartado anterior: las titulaciones académicas y
cve: BOE-B-2024-21835
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Núm. 143