II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-11900)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Dirección de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en la Agencia Estatal de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 12 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 68697

el caso de que no soliciten el puesto que ocupan en adscripción provisional, y este fuera
adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles un puesto de trabajo en la
misma localidad.
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas que procedan de la situación administrativa de suspensión firme de
funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado
el periodo de suspensión.
Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Agencia Estatal de
Investigación, ajustándose a los modelos publicados como anexos a esta resolución, y se
presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las instancias se presentarán través del Portal Funciona (o aplicación informática
correspondiente), siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado
electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este
medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación
que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de
la aplicación informática correspondiente.
Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
El funcionariado que se encuentra en situaciones distintas a la de servicio activo sin
reserva de puesto de trabajo o que no preste servicios en la Administración General del
Estado, que no pudiera realizar electrónicamente su solicitud, podrá presentarla,
asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en los registros
a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La forma de presentación no telemática será admitida únicamente en los casos
expresamente previstos en esta base.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia
sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
– Anexo II: Solicitud participación.
– Anexo III: Certificado de méritos generales, expedido por el órgano competente en
materia de gestión de personal (salvo en el supuesto de personal destinado en esta
Agencia, en cuyo caso no será necesaria su presentación).
– Anexo IV: Certificado de méritos específicos.
– Anexo V: Consentimiento para obtención de datos personales, consulta de
información y verificación de datos de residencia de familiar dependiente o hijos/hijas.
– Resto de la documentación acreditativa indicada en la base quinta.
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
El incumplimiento de lo dispuesto en los párrafos anteriores podrá ser causa de
exclusión de la participación en el concurso.
2. El funcionariado con alguna discapacidad reconocida podrá pedir la adaptación
del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá
acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la
procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que

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