II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-11724)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Básica de Laboratorios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Lunes 10 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 67367

10.1.3 Para el personal funcionario interino: declaración jurada de no haber sido
separado, o haberse revocado su nombramiento como tal, con carácter firme mediante
procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o
estatutario, ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de
cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional
o escala objeto de la convocatoria. En el caso de personal laboral, declaración jurada de
no encontrarse inhabilitado por sentencia firme o a consecuencia de haber sido
despedido disciplinariamente de manera procedente, para ejercer funciones similares a
las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
Para nacionales de otros Estados: no encontrarse inhabilitado o inhabilitada o en
situación equivalente ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o
equivalente que impidiera en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo
público.
10.1.4 Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesaria para el desempeño de las funciones de la plaza ofertada.
10.1.5 Según lo preceptuado en el artículo 20 del Decreto 3/2017, de 13 de enero,
por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y
movilidad del personal de la función pública valenciana, quienes superan las pruebas
selectivas, acreditarán sus conocimientos de valenciano, de acuerdo con la base 2.6 de
esta convocatoria.
10.2 Las personas seleccionadas que, dentro del plazo indicado y excepto casos
de fuerza mayor, no presentasen la documentación acreditativa o de la misma se
dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas
personal funcionario de carrera de la Universitat Jaume I, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
10.3 No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, el órgano gestor del proceso selectivo
podrá acceder a las bases de datos de las administraciones públicas, exclusivamente a
efectos de verificar los datos relativos a la condición de personas con diversidad
funcional, familia numerosa, titulación académica y nivel de conocimientos de
valenciano, salvo que la persona interesada manifieste expresamente que no presta su
consentimiento en el formulario de la solicitud.
Nombramiento de personal funcionario de carrera.

Transcurrido el plazo de presentación de la documentación se dictará una resolución,
que se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» por la que se hará el
nombramiento como personal funcionario de carrera de la escala técnica básica de
laboratorios (Invernadero) de la Universitat Jaume I, grupo C, subgrupo C1, del personal
aprobado a que hace referencia la base 9.3, previa adjudicación del puesto de trabajo de
acuerdo con la puntuación obtenida.
Con la finalidad de asegurar la cobertura de la plaza convocada, cuando se
produzcan renuncias del personal seleccionado, antes de su nombramiento o de la toma
de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano técnico de selección
relación complementaria de las personas que sigan a las propuestas para su posible
nombramiento como personal funcionario de carrera.
Duodécima.

Órgano técnico de selección.

12.1 El órgano técnico de selección de la convocatoria estará compuesto por:
presidente o presidenta, secretario o secretaria y tres vocales, y se designará el mismo
número de suplentes. En la composición se atenderá a lo establecido en el artículo 60
del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, y se garantizará
la composición equilibrada entre mujeres y hombres.

cve: BOE-A-2024-11724
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Undécima.