II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-11724)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Básica de Laboratorios.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 67364
6.5 Transcurrido el plazo anterior, vistas las alegaciones y enmendados los
defectos, si procede, se dictará resolución que elevará a definitiva la relación de
personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas, que se publicará en el
TAO-UJI.
6.6 En la resolución por la que se haga pública la relación definitiva de personas
admitidas a la realización de las pruebas debe establecerse, con al menos quince días
de antelación, la fecha, el lugar de celebración y la hora de comienzo de las pruebas, así
como el orden de llamamiento de las personas admitidas, iniciándose el orden en la letra
«H», conforme a la Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Conselleria de Hacienda,
Economía y Administración Pública.
6.7 Prueba de conocimiento del castellano para las personas admitidas que no
posean la nacionalidad española.
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la oposición, las personas que
no posean la nacionalidad española y que de su origen no se desprenda el conocimiento
del castellano, deben acreditar el conocimiento del mismo mediante la realización de una
prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de compresión y
expresión oral y escrita en esta lengua.
El contenido de esta prueba debe ajustarse a lo dispuesto en el Real
Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español
como lengua extranjera.
La prueba se calificará de «apta» o «no apta», y será necesario obtener la valoración
de «apta» para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.
Quedan eximidas de realizar esta prueba las personas que estén en posesión del
Diploma de Español como Lengua Extranjera regulado en el Real Decreto 1137/2002
de 31 de octubre, o del Certificado de Aptitud en Español para personas extranjeras
expedido por las escuelas oficiales de idiomas, o acreditan estar en posesión de una
titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio
español.
Séptima. Pruebas selectivas.
7.1 El procedimiento de selección es el de oposición. Constará de dos ejercicios
obligatorios y eliminatorios relacionados con las tareas a desarrollar y cuyo temario se
relaciona en el anexo II. La puntuación máxima será de 100 puntos.
7.2.1
Primer ejercicio.
Consistirá en una prueba tipo test con un máximo de 100 preguntas, de las cuales
corresponderán entre un 5 % y un 15 % al programa general. Cada pregunta dispondrá
de cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta y versará sobre
las materias previstas en el temario que figura en el anexo II.
Este ejercicio se puntuará de 0 a 50 puntos, y es necesario obtener un mínimo de 25
puntos para superarlo.
La nota de test vendrá determinada por la siguiente fórmula:
Donde:
N=nota del test.
A = número de aciertos.
E=número de errores.
n=número de preguntas.
cve: BOE-A-2024-11724
Verificable en https://www.boe.es
𝐸
50
𝑁 = (𝐴 − ) ×
3
𝑛
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 67364
6.5 Transcurrido el plazo anterior, vistas las alegaciones y enmendados los
defectos, si procede, se dictará resolución que elevará a definitiva la relación de
personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas, que se publicará en el
TAO-UJI.
6.6 En la resolución por la que se haga pública la relación definitiva de personas
admitidas a la realización de las pruebas debe establecerse, con al menos quince días
de antelación, la fecha, el lugar de celebración y la hora de comienzo de las pruebas, así
como el orden de llamamiento de las personas admitidas, iniciándose el orden en la letra
«H», conforme a la Resolución de 15 de marzo de 2024, de la Conselleria de Hacienda,
Economía y Administración Pública.
6.7 Prueba de conocimiento del castellano para las personas admitidas que no
posean la nacionalidad española.
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la oposición, las personas que
no posean la nacionalidad española y que de su origen no se desprenda el conocimiento
del castellano, deben acreditar el conocimiento del mismo mediante la realización de una
prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de compresión y
expresión oral y escrita en esta lengua.
El contenido de esta prueba debe ajustarse a lo dispuesto en el Real
Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español
como lengua extranjera.
La prueba se calificará de «apta» o «no apta», y será necesario obtener la valoración
de «apta» para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.
Quedan eximidas de realizar esta prueba las personas que estén en posesión del
Diploma de Español como Lengua Extranjera regulado en el Real Decreto 1137/2002
de 31 de octubre, o del Certificado de Aptitud en Español para personas extranjeras
expedido por las escuelas oficiales de idiomas, o acreditan estar en posesión de una
titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio
español.
Séptima. Pruebas selectivas.
7.1 El procedimiento de selección es el de oposición. Constará de dos ejercicios
obligatorios y eliminatorios relacionados con las tareas a desarrollar y cuyo temario se
relaciona en el anexo II. La puntuación máxima será de 100 puntos.
7.2.1
Primer ejercicio.
Consistirá en una prueba tipo test con un máximo de 100 preguntas, de las cuales
corresponderán entre un 5 % y un 15 % al programa general. Cada pregunta dispondrá
de cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta y versará sobre
las materias previstas en el temario que figura en el anexo II.
Este ejercicio se puntuará de 0 a 50 puntos, y es necesario obtener un mínimo de 25
puntos para superarlo.
La nota de test vendrá determinada por la siguiente fórmula:
Donde:
N=nota del test.
A = número de aciertos.
E=número de errores.
n=número de preguntas.
cve: BOE-A-2024-11724
Verificable en https://www.boe.es
𝐸
50
𝑁 = (𝐴 − ) ×
3
𝑛