II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-11719)
Resolución 30 de mayo de 2024, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Lunes 10 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 67302

Contra la propuesta de la Comisión juzgadora, los/las concursantes podrán presentar
reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del
siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios del lugar en el que se haya
celebrado la prueba.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos, hasta su
resolución definitiva.
La reclamación será valorada por la Comisión regulada en el artículo 36 del
ReD 678/2023 y en el artículo 93 de los EUCM
9.

Documentación a presentar por los candidatos propuestos

Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en los
veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en la Sede
Electrónica de esta Universidad o por cualesquiera de los demás procedimientos
señalados en el art 16.4 de la LPACAP (por medios electrónicos), los siguientes
documentos:
a) Título de Doctor y, en su caso, Certificado de Acreditación.
b) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a Profesor de Universidad.
c) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas ni de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas y no hallarse en suspensión
de funciones o en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios. En el caso de ser
nacional de otro Estado, también tendrá que aportar declaración responsable de no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo, estarán
exentos de presentar los documentos reseñados en los apartados b y c debiendo
presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su
condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios,
excepto quienes sean funcionarios de la Universidad Complutense.
10.

Nombramientos

11.

Protección de datos

Los datos de las personas candidatas serán utilizados únicamente para la evaluación
de sus méritos y para la gestión y resolución del procedimiento.
Los tratamientos de los datos de carácter personal relativos a esta convocatoria
incluidos en la solicitud de participación y en la documentación aportada por los
candidatos, así como las valoraciones de los miembros de la comisión evaluadora,
tienen como base legitimadora el cumplimiento de una misión realizada en interés

cve: BOE-A-2024-11719
Verificable en https://www.boe.es

El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector,
después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos
establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la
plaza: Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento, así como su número en la
Relación de Puestos de Trabajo. Dicho nombramiento será publicado en el BOE y en el
BOCM, y comunicado al Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
del nombramiento en el BOE, el/la candidato/a propuesto/a deberá tomar posesión de su
plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario del cuerpo docente
universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.