II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Carrera Fiscal. (BOE-A-2024-11683)
Orden PJC/544/2024, de 5 de junio, por la que se convocan para su provisión destinos vacantes en la Carrera Fiscal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Lunes 10 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 67194

como los demás requisitos exigidos en las bases de la convocatoria (artículo 51 del
citado Reglamento).
Las solicitudes, dirigidas a la Fiscalía General del Estado, se cumplimentarán según el
modelo que figura como anexo II de esta convocatoria, y se presentarán en el plazo de diez
días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el
«Boletín Oficial del Estado», en el Registro de la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny
núm. 4, 28071 Madrid), a través del correo electrónico fge.concursodiscrecional@fiscal.es,
con expresión en el asunto del nombre y apellidos del solicitante y el número de la Orden de
la convocatoria, o en el Registro General de este Ministerio (calle Bolsa núm. 8, 28071
Madrid). Todos los interesados deberán comunicar al Fiscal Jefe respectivo que han
formulado petición. Los/as Fiscales Jefes/as darán cuenta a la Inspección Fiscal de la
relación de peticionarios/as al día siguiente del vencimiento del plazo.
Aquellos que cursen solicitud a más de una plaza deberán consignar expresamente
en su instancia el orden de prelación con el que optan a cada una.
No será posible y no producirá efecto alguno, una vez que haya concluido el plazo
para su presentación, la retirada o modificación de las solicitudes ni la aportación de
documentos acreditativos de requisitos o méritos que deban acompañarlas. Dentro de
dicho plazo, el desistimiento, las modificaciones y la aportación de documentos podrán
llevarse a cabo en el lugar y forma previstos para la presentación de solicitudes.
Tercera.
Los/as solicitantes podrán acompañar a su instancia informe de sus respectivos
Fiscales Jefes/as, relación circunstanciada de méritos, publicaciones, títulos académicos
o profesionales y cuantos otros datos relativos a su actividad profesional estimen de
interés. Asimismo, quienes soliciten plazas que impliquen cargos de Jefatura deberán
aportar un proyecto de actuación (artículo 51.8 del Reglamento del Ministerio Fiscal) que
se recomienda no supere la extensión de veinte folios.
Cuarta.
Contra la presente orden los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello sin perjuicio
de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Madrid, 5 de junio de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes P.D.–(Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre), la Directora General para el
Servicio Público de Justicia, Maria dels Àngels García Vidal.

Destino y categoría

Órgano

Número de plazas

Localidad

Fiscal-Segunda.

Fiscalía del Tribunal Supremo (Sección Penal).

2

Madrid.

Fiscal-Segunda.

Fiscalía de la Audiencia Nacional.

1

Madrid.

Fiscal Superior-Segunda.

Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

1

Oviedo.

Fiscal Superior-Segunda.

Fiscalía de la Comunitat Valenciana.

1

Valencia.

Teniente Fiscal-Segunda.

Fiscalía de la Comunidad de Madrid.

1

Madrid.

cve: BOE-A-2024-11683
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ANEXO I