V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. (BOE-B-2024-21273)
Resolución de la Dirección General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática por la que se dispone la apertura de un periodo de información pública en el marco del procedimiento de declaración de Lugar de Memoria Democrática del "Antiguo Convento de San Hermenegildo, en Sevilla".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Sábado 8 de junio de 2024
Sec. V-B. Pág. 31607
consolidación de la Comunidad Autónoma, confirman la significación histórica para
los valores democráticos de un edificio que, por su valor patrimonial y simbólico,
debe convertirse en parte de la memoria de los ciudadanos españoles en general,
y de los andaluces en particular."
Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del que depende el
Instituto de Patrimonio Cultural de España
El 29 de febrero de 2024, se recibió informe de la Dirección general de
Patrimonio Cultural y Bellas Artes por el que se constata que el monumento tiene
declaración individual BIC 3966 (R-I-51-0001266-00000) desde 1959 y está
incluido en la delimitación del Conjunto Histórico de Sevilla 15619 (R-I-530000051-00000).
Instituto de España
El 19 de diciembre 2023, se recibió el escrito del Instituto de España por el que
se adjunta el informe de la Real Academia de la Historia que declara:
"El antiguo Convento de San Hermenegildo de Sevilla, fue, previo el lógico
acondicionamiento a su nueva función, sede de las Cortes españolas entre el 23
de abril y el 11 de junio de 1823, después de que el 20 de marzo de ese año
dichas Cortes se trasladaran de Madrid a Sevilla, tras la entrada en España por
decisión de Francia, apoyada por Austria, Rusia y Prusia, de un Ejército - 65.000
hombres más 35.000 voluntarios españoles-mandado por el duque de Angulema,
con el objeto de poner fin al régimen constitucional español restablecido por el
pronunciamiento militar de 1 de enero de 1820 dirigido por el comandante Rafael
del Riego y el coronel Antonio Quiroga.
El Convento de San Hermenegildo fue mucho después, entre el 3 de diciembre
de 1985 y el 27 de febrero de 1992 -restablecida la democracia en España tras el
fin de la dictadura de Franco (19 39-197 5) y constituida Andalucía como
Comunidad Autónoma en 1981, sede del Parlamento de Andalucía.
La iglesia y convento de San Hermenegildo, obra -del siglo XVII-de Juan
Bautista Villapando, con fachada diseñada por Alonso de Vandelvira, ha tenido, por
tanto, un papel de apreciable importancia en la historia del constitucionalismo y del
parlamentarismo españoles, y es digno por ello, en opinión de quien emite este
informe, de reconocimiento en la memoria histórica de España y de Andalucía."
La Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía y la
Universidad de Sevilla no han enviado informe alguno.
La Directora General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria
Democrática, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 50.1 de la Ley
20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, puesto en relación con el
artículo 12.2 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales y el artículo 8.1.j) del Real Decreto
273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Acuerda
Primero- La apertura de un período de información pública por un plazo de 21
cve: BOE-B-2024-21273
Verificable en https://www.boe.es
A la vista de lo anterior,
Núm. 139
Sábado 8 de junio de 2024
Sec. V-B. Pág. 31607
consolidación de la Comunidad Autónoma, confirman la significación histórica para
los valores democráticos de un edificio que, por su valor patrimonial y simbólico,
debe convertirse en parte de la memoria de los ciudadanos españoles en general,
y de los andaluces en particular."
Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del que depende el
Instituto de Patrimonio Cultural de España
El 29 de febrero de 2024, se recibió informe de la Dirección general de
Patrimonio Cultural y Bellas Artes por el que se constata que el monumento tiene
declaración individual BIC 3966 (R-I-51-0001266-00000) desde 1959 y está
incluido en la delimitación del Conjunto Histórico de Sevilla 15619 (R-I-530000051-00000).
Instituto de España
El 19 de diciembre 2023, se recibió el escrito del Instituto de España por el que
se adjunta el informe de la Real Academia de la Historia que declara:
"El antiguo Convento de San Hermenegildo de Sevilla, fue, previo el lógico
acondicionamiento a su nueva función, sede de las Cortes españolas entre el 23
de abril y el 11 de junio de 1823, después de que el 20 de marzo de ese año
dichas Cortes se trasladaran de Madrid a Sevilla, tras la entrada en España por
decisión de Francia, apoyada por Austria, Rusia y Prusia, de un Ejército - 65.000
hombres más 35.000 voluntarios españoles-mandado por el duque de Angulema,
con el objeto de poner fin al régimen constitucional español restablecido por el
pronunciamiento militar de 1 de enero de 1820 dirigido por el comandante Rafael
del Riego y el coronel Antonio Quiroga.
El Convento de San Hermenegildo fue mucho después, entre el 3 de diciembre
de 1985 y el 27 de febrero de 1992 -restablecida la democracia en España tras el
fin de la dictadura de Franco (19 39-197 5) y constituida Andalucía como
Comunidad Autónoma en 1981, sede del Parlamento de Andalucía.
La iglesia y convento de San Hermenegildo, obra -del siglo XVII-de Juan
Bautista Villapando, con fachada diseñada por Alonso de Vandelvira, ha tenido, por
tanto, un papel de apreciable importancia en la historia del constitucionalismo y del
parlamentarismo españoles, y es digno por ello, en opinión de quien emite este
informe, de reconocimiento en la memoria histórica de España y de Andalucía."
La Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía y la
Universidad de Sevilla no han enviado informe alguno.
La Directora General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria
Democrática, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 50.1 de la Ley
20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, puesto en relación con el
artículo 12.2 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales y el artículo 8.1.j) del Real Decreto
273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Acuerda
Primero- La apertura de un período de información pública por un plazo de 21
cve: BOE-B-2024-21273
Verificable en https://www.boe.es
A la vista de lo anterior,