III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-11659)
Resolución de 27 de mayo de 2024, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, para la realización de prácticas externas por parte de los estudiantes de grado y máster en la Delegación del Gobierno en Cataluña.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Sábado 8 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67031
Quinto.
Que la Universidad tienen entre sus fines el acercar la formación universitaria a la
realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de
relaciones con entidades que permitan completar el proceso formativo con una puesta en
práctica de los conocimientos teóricos adquiridos, mediante la realización de prácticas
externas, que faciliten la posterior incorporación al mundo laboral.
Sexto.
Que el interés de la Administración General del Estado (Secretaría de Estado de
Política Territorial del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática) en la
suscripción del presente convenio se basa en el convencimiento de que la acogida de los
estudiantes en la Delegación del Gobierno supondrá una experiencia enriquecedora para
los estudiantes en lo que se refiere a su preparación profesional y para los empleados
públicos que podrán compartir experiencias laborales con el mundo universitario.
Séptimo.
Teniendo en cuenta las anteriores manifestaciones, con la finalidad última de
institucionalizar la colaboración mutua entre las partes implicadas, éstas se reconocen
mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, de acuerdo
con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Este convenio tiene por objeto la realización de prácticas académicas externas,
curriculares o extracurriculares, en la Delegación del Gobierno en Cataluña por parte de
los estudiantes que cursen estudios oficiales de Grado/Máster en esta Universidad, que
permitan completar sus estudios universitarios, para una futura incorporación al mundo
laboral. La cooperación entre ambas partes se concretará en el proyecto formativo al que
se refiere al clausula tercera del presente convenio. Podrán participar en el desarrollo de
prácticas externas, estudiantes que se encuentren matriculados en las mismas conforme
a lo indicado en el correspondiente plan de estudios y/u otras normas fijadas al respecto
por la Universidad.
Segunda.
Duración y horario de las prácticas.
Tercera.
Proyecto formativo.
El contenido del proyecto formativo se corresponde con lo detallado en el anexo III
del presente convenio. Con carácter previo al inicio de las prácticas, la Universidad
comunicará a la Delegación del Gobierno en Cataluña su previsión, en cuanto al número
de alumnos, las áreas de actividad del anexo III en las que los alumnos desarrollarán las
prácticas en el respectivo curso académico, así como calendario y horarios de las
prácticas. En todo caso, el número máximo de estudiantes que participarán en el
proyecto formativo no podrá ser superior a 5 personas por curso académico.
cve: BOE-A-2024-11659
Verificable en https://www.boe.es
Las prácticas académicas externas, curriculares, derivadas de este convenio tendrán
la duración establecida en el correspondiente plan de estudios en los que está
matriculado el estudiante. Las prácticas académicas externas, extracurriculares,
derivadas de este convenio tendrán una duración de un mínimo de 150 horas y un
máximo de 800 horas. Los periodos y horarios de realización de las prácticas se
compaginarán con la organización y funcionamiento de la Delegación del Gobierno en
Cataluña.
Núm. 139
Sábado 8 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67031
Quinto.
Que la Universidad tienen entre sus fines el acercar la formación universitaria a la
realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de
relaciones con entidades que permitan completar el proceso formativo con una puesta en
práctica de los conocimientos teóricos adquiridos, mediante la realización de prácticas
externas, que faciliten la posterior incorporación al mundo laboral.
Sexto.
Que el interés de la Administración General del Estado (Secretaría de Estado de
Política Territorial del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática) en la
suscripción del presente convenio se basa en el convencimiento de que la acogida de los
estudiantes en la Delegación del Gobierno supondrá una experiencia enriquecedora para
los estudiantes en lo que se refiere a su preparación profesional y para los empleados
públicos que podrán compartir experiencias laborales con el mundo universitario.
Séptimo.
Teniendo en cuenta las anteriores manifestaciones, con la finalidad última de
institucionalizar la colaboración mutua entre las partes implicadas, éstas se reconocen
mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, de acuerdo
con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Este convenio tiene por objeto la realización de prácticas académicas externas,
curriculares o extracurriculares, en la Delegación del Gobierno en Cataluña por parte de
los estudiantes que cursen estudios oficiales de Grado/Máster en esta Universidad, que
permitan completar sus estudios universitarios, para una futura incorporación al mundo
laboral. La cooperación entre ambas partes se concretará en el proyecto formativo al que
se refiere al clausula tercera del presente convenio. Podrán participar en el desarrollo de
prácticas externas, estudiantes que se encuentren matriculados en las mismas conforme
a lo indicado en el correspondiente plan de estudios y/u otras normas fijadas al respecto
por la Universidad.
Segunda.
Duración y horario de las prácticas.
Tercera.
Proyecto formativo.
El contenido del proyecto formativo se corresponde con lo detallado en el anexo III
del presente convenio. Con carácter previo al inicio de las prácticas, la Universidad
comunicará a la Delegación del Gobierno en Cataluña su previsión, en cuanto al número
de alumnos, las áreas de actividad del anexo III en las que los alumnos desarrollarán las
prácticas en el respectivo curso académico, así como calendario y horarios de las
prácticas. En todo caso, el número máximo de estudiantes que participarán en el
proyecto formativo no podrá ser superior a 5 personas por curso académico.
cve: BOE-A-2024-11659
Verificable en https://www.boe.es
Las prácticas académicas externas, curriculares, derivadas de este convenio tendrán
la duración establecida en el correspondiente plan de estudios en los que está
matriculado el estudiante. Las prácticas académicas externas, extracurriculares,
derivadas de este convenio tendrán una duración de un mínimo de 150 horas y un
máximo de 800 horas. Los periodos y horarios de realización de las prácticas se
compaginarán con la organización y funcionamiento de la Delegación del Gobierno en
Cataluña.