III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-11655)
Resolución de 2 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas externas en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Sábado 8 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67001
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.
e) Tener acceso a cursos, congresos o actividades formativas que organice la
Universidad en las mismas condiciones que los profesores de la Universidad en lo
relativo a gastos de inscripción y asistencia.
La colaboración que presta el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes estará siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad del INTCF,
Departamento de Madrid, por lo que, surgida tal necesidad o falta de disponibilidad en su
caso, el convenio quedará suspendido en tanto persistan estas situaciones o, en su
caso, extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a
reclamación alguna por parte de la Universidad o concesión de indemnización o
compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
mediante la cesión de aulas, otorgando una autorización de uso de las aulas de carácter
gratuito, dentro de los espacios gestionados por la Universidad y dependiendo de sus
necesidades docentes, con la excepción de los gastos extraordinarios en los que se
pudiera incurrir, tales como gastos de seguridad, portería, limpieza, líneas de voz y
datos, iluminación o vigilancia, con ocasión de la celebración de pruebas
correspondientes a los procesos selectivos para el ingreso o acceso de personal
funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
Condiciones y requisitos de las prácticas.
Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Los detalles concretos se recogerán en el Plan Formativo (Anexo I) que se elabore y
que deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a desarrollar. Los objetivos se
establecerán considerando las competencias básicas, genéricas y/o específicas que
debe adquirir el estudiante. Asimismo, los contenidos de las prácticas se definirán de
forma que aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con los estudios
cursados.
El alumnado será propuesto por la persona que ejerza la Dirección de las prácticas
externas de la Universidad Rey Juan Carlos.
El/la Director/a del Departamento de Madrid del INTCF determinará el número
máximo de alumnos/as que podrán realizar las prácticas, así como los/las profesionales
adscritos al INTCF que las impartan.
Los alumnos/as realizarán sus prácticas en horario de mañana o tarde continuado y
compatible con la asistencia a las clases en la Universidad, si bien la duración y horario
serán fijados por el Departamento de Madrid del INTCF y la Universidad Rey Juan Carlos
en cada caso, teniendo en cuenta la no incidencia en el normal funcionamiento del citado
Departamento.
Las prácticas podrán insertarse dentro de alguna asignatura del plan de estudios que
curse el/la alumno/a o, más ampliamente, dentro de la labor formativa complementaria y
de perfeccionamiento de los conocimientos de los alumnos/as. En cualquier caso, el
objeto de estas prácticas será la promoción educativa, cultural, profesional y científica
del alumno/a.
En relación con el presente convenio y de conformidad al artículo 7.2 letra e) del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, por parte de la entidad colaboradora no existe
una bolsa o ayuda de estudios para el estudiante.
cve: BOE-A-2024-11655
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 139
Sábado 8 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67001
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.
e) Tener acceso a cursos, congresos o actividades formativas que organice la
Universidad en las mismas condiciones que los profesores de la Universidad en lo
relativo a gastos de inscripción y asistencia.
La colaboración que presta el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes estará siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad del INTCF,
Departamento de Madrid, por lo que, surgida tal necesidad o falta de disponibilidad en su
caso, el convenio quedará suspendido en tanto persistan estas situaciones o, en su
caso, extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a
reclamación alguna por parte de la Universidad o concesión de indemnización o
compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
mediante la cesión de aulas, otorgando una autorización de uso de las aulas de carácter
gratuito, dentro de los espacios gestionados por la Universidad y dependiendo de sus
necesidades docentes, con la excepción de los gastos extraordinarios en los que se
pudiera incurrir, tales como gastos de seguridad, portería, limpieza, líneas de voz y
datos, iluminación o vigilancia, con ocasión de la celebración de pruebas
correspondientes a los procesos selectivos para el ingreso o acceso de personal
funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
Condiciones y requisitos de las prácticas.
Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Los detalles concretos se recogerán en el Plan Formativo (Anexo I) que se elabore y
que deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a desarrollar. Los objetivos se
establecerán considerando las competencias básicas, genéricas y/o específicas que
debe adquirir el estudiante. Asimismo, los contenidos de las prácticas se definirán de
forma que aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con los estudios
cursados.
El alumnado será propuesto por la persona que ejerza la Dirección de las prácticas
externas de la Universidad Rey Juan Carlos.
El/la Director/a del Departamento de Madrid del INTCF determinará el número
máximo de alumnos/as que podrán realizar las prácticas, así como los/las profesionales
adscritos al INTCF que las impartan.
Los alumnos/as realizarán sus prácticas en horario de mañana o tarde continuado y
compatible con la asistencia a las clases en la Universidad, si bien la duración y horario
serán fijados por el Departamento de Madrid del INTCF y la Universidad Rey Juan Carlos
en cada caso, teniendo en cuenta la no incidencia en el normal funcionamiento del citado
Departamento.
Las prácticas podrán insertarse dentro de alguna asignatura del plan de estudios que
curse el/la alumno/a o, más ampliamente, dentro de la labor formativa complementaria y
de perfeccionamiento de los conocimientos de los alumnos/as. En cualquier caso, el
objeto de estas prácticas será la promoción educativa, cultural, profesional y científica
del alumno/a.
En relación con el presente convenio y de conformidad al artículo 7.2 letra e) del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, por parte de la entidad colaboradora no existe
una bolsa o ayuda de estudios para el estudiante.
cve: BOE-A-2024-11655
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.