III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-11600)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Módulo solar fotovoltaico de la instalación híbrida Cerro Vicente I, de 39 MWn y 46,79 MWp, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Albacete".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de junio de 2024

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proyecto, donde se concentra una elevada densidad de proyectos de plantas
fotovoltaicas, parques eólicos y tendidos eléctricos.
Asimismo, los argumentos expuestos en los informes de las Administraciones
competentes, especialmente por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha desvirtúan la documentación
complementaria aportada por el promotor tras la información pública, el cual no ha
planteado modificaciones sustanciales al proyecto, que puedan suponer la reducción y/o
atenuación de los impactos significativos detectados.
En consecuencia, ante la imposibilidad de descartar afecciones significativas sobre
especies amenazadas, en consonancia con lo dispuesto en los artículos 46 y 57 de la
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y Biodiversidad, y teniendo en
cuenta los principios de la evaluación ambiental establecidos en el artículo 2 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, especialmente el de
precaución y acción cautelar; este órgano ambiental concluye que el proyecto en su
conjunto y configuración actual no resulta ambientalmente viable.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el
apartado i), grupo 3 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de
impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de
impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad
con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la
evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el EsIA, el resultado de la
información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación
complementaria aportada por el promotor y las consultas adicionales realizadas.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la
Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto
ambiental desfavorable a la realización del proyecto «Módulo solar fotovoltaico de la
instalación híbrida Cerro Vicente I, de 39 MWn y 46,79 MWp, y su infraestructura de
evacuación, en la provincia de Albacete», concluyendo que dicho proyecto
previsiblemente causará impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, sin
que las medidas de prevención, corrección y compensación previstas por el promotor
constituyan una garantía suficiente para la adecuada protección del medio ambiente.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 22 de mayo de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental,
Marta Gómez Palenque.

cve: BOE-A-2024-11600
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