III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-11514)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de León, para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 6 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66052
cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran
incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de
seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes
firmantes. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento,
la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio.
De acuerdo con el apartado 3 del artículo 52 de la citada Ley 40/2015, si cuando
concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en
curso de ejecución, las partes, a propuesta de los responsables del seguimiento y control
de la ejecución del presente convenio, podrán acordar la continuación y finalización de
las actuaciones en curso que consideren necesarias dentro del plazo improrrogable de
un año a contar desde la fecha de la citada resolución, en los términos previstos en dicho
artículo.
Decimoctava. Régimen de modificación del convenio.
El convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes. Dicha
modificación deberá formalizase mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente
establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
Decimonovena.
Publicidad.
Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente
convenio la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
Vigésima.
Resolución del convenio anterior.
Se acuerda resolver el convenio suscrito por los firmantes en fecha 27 de junio
de 2022, dando lugar a su extinción desde su inscripción en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes en fecha 27 de junio de 2022, convenio que por
consiguiente se declara resuelto y extinto.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro
del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.–La Vicerrectora de Estudiantes y
Empleo en Funciones de la Universidad de León, Ana Isabel García Pérez.
De conformidad con el convenio para el desarrollo de prácticas académicas externas
de sus estudiantes suscrito entre el Ministerio del Interior y la Universidad de León, de
fecha 24 de mayo de 2024, para la realización de prácticas académicas externas
curriculares y extracurriculares, no remuneradas, en el Ministerio del Interior, los
comparecientes establecen el Programa de Prácticas que se recoge en el presente
anexo. Cualquier cambio en los campos de datos recogidos en este modelo documento,
deberá realizarse por escrito.
cve: BOE-A-2024-11514
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO
Núm. 137
Jueves 6 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66052
cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran
incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de
seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes
firmantes. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento,
la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio.
De acuerdo con el apartado 3 del artículo 52 de la citada Ley 40/2015, si cuando
concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en
curso de ejecución, las partes, a propuesta de los responsables del seguimiento y control
de la ejecución del presente convenio, podrán acordar la continuación y finalización de
las actuaciones en curso que consideren necesarias dentro del plazo improrrogable de
un año a contar desde la fecha de la citada resolución, en los términos previstos en dicho
artículo.
Decimoctava. Régimen de modificación del convenio.
El convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes. Dicha
modificación deberá formalizase mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente
establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
Decimonovena.
Publicidad.
Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente
convenio la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
Vigésima.
Resolución del convenio anterior.
Se acuerda resolver el convenio suscrito por los firmantes en fecha 27 de junio
de 2022, dando lugar a su extinción desde su inscripción en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes en fecha 27 de junio de 2022, convenio que por
consiguiente se declara resuelto y extinto.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro
del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.–La Vicerrectora de Estudiantes y
Empleo en Funciones de la Universidad de León, Ana Isabel García Pérez.
De conformidad con el convenio para el desarrollo de prácticas académicas externas
de sus estudiantes suscrito entre el Ministerio del Interior y la Universidad de León, de
fecha 24 de mayo de 2024, para la realización de prácticas académicas externas
curriculares y extracurriculares, no remuneradas, en el Ministerio del Interior, los
comparecientes establecen el Programa de Prácticas que se recoge en el presente
anexo. Cualquier cambio en los campos de datos recogidos en este modelo documento,
deberá realizarse por escrito.
cve: BOE-A-2024-11514
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO