III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-11525)
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Parque Eólico Cabezuelas, SLU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el parque eólico "Cabezuelas", de 60 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Borjabad, Cañamaque, Cihuela, Escobosa de Almazán, Maján, Nolay, Serón de Nágima, Torlengua y Velilla de los Ajos (Soria) y Bordalba, Embid de Ariza, Bubierca, Castejón de las Armas, Ateca y Terrer (Zaragoza).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 6 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66189
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
11525
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Parque Eólico Cabezuelas, SLU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para el parque eólico «Cabezuelas», de 60 MW de potencia
instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Borjabad, Cañamaque,
Cihuela, Escobosa de Almazán, Maján, Nolay, Serón de Nágima, Torlengua y
Velilla de los Ajos (Soria) y Bordalba, Embid de Ariza, Bubierca, Castejón de
las Armas, Ateca y Terrer (Zaragoza).
– Los aerogeneradores inicialmente proyectados a menos de 1 km de núcleos o de
suelo urbano se reubicarán alejándolos de dichos núcleos más de esa distancia, o se
eliminarán del proyecto. En particular, se aplicará esta condición en los aerogeneradores
más próximos a Maján, Velilla de los Ajos y Cañamaque.
– El tramo de línea eléctrica de evacuación que discurre por territorio de Castilla y
León se proyectará soterrado, con la única excepción de que en determinados tramos se
pueda proyectar en aéreo compactado con tendidos eléctricos ya existentes. El trazado
soterrado deberá aprovechar al máximo los caminos y otras vías de comunicación
existentes, evitando el cruce de prados higrófilos o zonas húmedas por localizarse en
ellos flora protegida y hábitats de interés comunitario relevantes. Sus cruces con cauces
permanentes se diseñarán mediante perforación dirigida y sin afectar al cauce ni a la
cve: BOE-A-2024-11525
Verificable en https://www.boe.es
Green Capital Power, SL, solicitó, con fecha 29 de octubre de 2020, autorización
administrativa previa del parque eólico «Cabezuelas», de 49,5 MW (si bien la potencia
instalada, de acuerdo al anteproyecto presentado, será de 60 MW, limitada por el
promotor a 49,5 MW) y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Soria. El
alcance de la solicitud incluye también las infraestructuras de evacuación comunes,
siendo éstas la subestación eléctrica transformadora «SET Pedrecha 30/400 kV» y la
línea eléctrica aérea 400 kV «SET Pedrecha – SET Colectora Terrer en 400 kV»,
ubicadas en la provincia de Soria y Zaragoza. Con fecha 23 de junio de 2022, el
promotor solicitó el cambio de titularidad del parque eólico Cabezuelas en favor de
Parque Eólico Cabezuelas, SLU.
Mediante Resolución de 24 de abril de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Parque Eólico Cabezuelas, SLU. autorización
administrativa previa para el parque eólico «Cabezuelas», de 60 MW de potencia
instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Velilla de
los Ajos, Nolay, Maján, Serón de Nágima, Torlengua y Cihuela, en la provincia de Soria, y
Boldalba, Embid de Ariza, Cetina, Contamina, Alhama de Aragón, Bubierca, Ateca y
Terrer, en la provincia de Zaragoza (en adelante, resolución de autorización
administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 127, de 29 de
mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 13 de enero de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable
para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 26,
de 31 de enero de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a
cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
Núm. 137
Jueves 6 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66189
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
11525
Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Parque Eólico Cabezuelas, SLU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para el parque eólico «Cabezuelas», de 60 MW de potencia
instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Borjabad, Cañamaque,
Cihuela, Escobosa de Almazán, Maján, Nolay, Serón de Nágima, Torlengua y
Velilla de los Ajos (Soria) y Bordalba, Embid de Ariza, Bubierca, Castejón de
las Armas, Ateca y Terrer (Zaragoza).
– Los aerogeneradores inicialmente proyectados a menos de 1 km de núcleos o de
suelo urbano se reubicarán alejándolos de dichos núcleos más de esa distancia, o se
eliminarán del proyecto. En particular, se aplicará esta condición en los aerogeneradores
más próximos a Maján, Velilla de los Ajos y Cañamaque.
– El tramo de línea eléctrica de evacuación que discurre por territorio de Castilla y
León se proyectará soterrado, con la única excepción de que en determinados tramos se
pueda proyectar en aéreo compactado con tendidos eléctricos ya existentes. El trazado
soterrado deberá aprovechar al máximo los caminos y otras vías de comunicación
existentes, evitando el cruce de prados higrófilos o zonas húmedas por localizarse en
ellos flora protegida y hábitats de interés comunitario relevantes. Sus cruces con cauces
permanentes se diseñarán mediante perforación dirigida y sin afectar al cauce ni a la
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Green Capital Power, SL, solicitó, con fecha 29 de octubre de 2020, autorización
administrativa previa del parque eólico «Cabezuelas», de 49,5 MW (si bien la potencia
instalada, de acuerdo al anteproyecto presentado, será de 60 MW, limitada por el
promotor a 49,5 MW) y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Soria. El
alcance de la solicitud incluye también las infraestructuras de evacuación comunes,
siendo éstas la subestación eléctrica transformadora «SET Pedrecha 30/400 kV» y la
línea eléctrica aérea 400 kV «SET Pedrecha – SET Colectora Terrer en 400 kV»,
ubicadas en la provincia de Soria y Zaragoza. Con fecha 23 de junio de 2022, el
promotor solicitó el cambio de titularidad del parque eólico Cabezuelas en favor de
Parque Eólico Cabezuelas, SLU.
Mediante Resolución de 24 de abril de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Parque Eólico Cabezuelas, SLU. autorización
administrativa previa para el parque eólico «Cabezuelas», de 60 MW de potencia
instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Velilla de
los Ajos, Nolay, Maján, Serón de Nágima, Torlengua y Cihuela, en la provincia de Soria, y
Boldalba, Embid de Ariza, Cetina, Contamina, Alhama de Aragón, Bubierca, Ateca y
Terrer, en la provincia de Zaragoza (en adelante, resolución de autorización
administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 127, de 29 de
mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 13 de enero de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable
para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 26,
de 31 de enero de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a
cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones: