V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-20737)
Anuncio de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla sobre aprobación técnica definitiva del proyecto 09/23 de mejora del abastecimiento a Caravaca de la Cruz (Mu/Caravaca de la Cruz) y declaración de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 6 de junio de 2024
Sec. V-B. Pág. 30848
seguridad y salud en las obras de construcción, que incorpora también el Estudio
de Gestión de Residuos para dar cumplimiento al Real Decreto 105/2008, de 1 de
febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de
construcción y demolición, y por último que se han realizado las comprobaciones
aritméticas correspondientes, sin haberse encontrado error en las mismas.
La Subdirección de Política Forestal de la Dirección General de Medio Natural
de la Región de Murcia, informó, con fecha 9 de marzo de 2023, que, si bien 436 m
del trazado del proyecto se plantean sobre la ZEC ES6200019 Sierra del Gavilán
en Zona de Conservación Prioritaria, se considera que las actuaciones no
supondrán una afección significativa sobre la Red Natura 2000, al estar
proyectadas sobre caminos ya existentes, sin afección a hábitats de interés
comunitario, flora o fauna protegida, siempre que se cumpla el condicionado
técnico incluido en el expediente.
Teniendo en cuenta lo anterior y de acuerdo con el análisis de las
características del proyecto practicado según el Título I, artículos 6 y 7 de la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, con fecha 12 de abril de
2023, el Director de la MCT concluye que dicho proyecto no está incluido en el
ámbito de aplicación de la citada Ley, no siendo previsible que las obras
contempladas en la actuación, cumpliendo los requisitos ambientales que se
desprenden de la Resolución, vayan a producir impactos adversos significativos.
Con fecha 28 de febrero de 2024, el Director de la Mancomunidad de los
Canales del Taibilla, declaró la aprobación técnica inicial del PROYECTO 09/23 DE
MEJORA DEL ABASTECIMIENTO A CARAVACA DE LA CRUZ (MU/CARAVACA
DE LA CRUZ), ordenando la incoación del expediente de información pública de la
relación de bienes y derechos afectados por el citado proyecto.
Asimismo, la actuación cuenta con la autorización previa del Secretario de
Estado de Medio Ambiente, de fecha 23 de abril de 2024, contemplada en el
artículo 324 y Disposición Transitoria Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Con todo lo expuesto anteriormente, dado que el proyecto de referencia
cumple con la normativa vigente en la materia, y en virtud de las facultades que me
atribuye la legislación vigente:
RESUELVO
cve: BOE-B-2024-20737
Verificable en https://www.boe.es
El trámite de información pública, se llevó a cabo de conformidad con los
requerimientos legales y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de
16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa y los artículos 17 y 18 del
Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de
Expropiación Forzosa, así como con lo establecido en el artículo 83 de la ley 39/
2015, de 26 de noviembre, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido el plazo de 15 días hábiles
del trámite de información pública, no se recibió ninguna alegación. El Jefe de la
Sección de Expropiaciones y Patrimonio de MCT, redactó informe de fin del trámite
de información pública el 25 de abril de 2024. El día 26 de mayo de 2024 se recibe
informe de la Abogacía del Estado sobre la conformidad a Derecho del
procedimiento de información pública llevado a cabo.
Núm. 137
Jueves 6 de junio de 2024
Sec. V-B. Pág. 30848
seguridad y salud en las obras de construcción, que incorpora también el Estudio
de Gestión de Residuos para dar cumplimiento al Real Decreto 105/2008, de 1 de
febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de
construcción y demolición, y por último que se han realizado las comprobaciones
aritméticas correspondientes, sin haberse encontrado error en las mismas.
La Subdirección de Política Forestal de la Dirección General de Medio Natural
de la Región de Murcia, informó, con fecha 9 de marzo de 2023, que, si bien 436 m
del trazado del proyecto se plantean sobre la ZEC ES6200019 Sierra del Gavilán
en Zona de Conservación Prioritaria, se considera que las actuaciones no
supondrán una afección significativa sobre la Red Natura 2000, al estar
proyectadas sobre caminos ya existentes, sin afección a hábitats de interés
comunitario, flora o fauna protegida, siempre que se cumpla el condicionado
técnico incluido en el expediente.
Teniendo en cuenta lo anterior y de acuerdo con el análisis de las
características del proyecto practicado según el Título I, artículos 6 y 7 de la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, con fecha 12 de abril de
2023, el Director de la MCT concluye que dicho proyecto no está incluido en el
ámbito de aplicación de la citada Ley, no siendo previsible que las obras
contempladas en la actuación, cumpliendo los requisitos ambientales que se
desprenden de la Resolución, vayan a producir impactos adversos significativos.
Con fecha 28 de febrero de 2024, el Director de la Mancomunidad de los
Canales del Taibilla, declaró la aprobación técnica inicial del PROYECTO 09/23 DE
MEJORA DEL ABASTECIMIENTO A CARAVACA DE LA CRUZ (MU/CARAVACA
DE LA CRUZ), ordenando la incoación del expediente de información pública de la
relación de bienes y derechos afectados por el citado proyecto.
Asimismo, la actuación cuenta con la autorización previa del Secretario de
Estado de Medio Ambiente, de fecha 23 de abril de 2024, contemplada en el
artículo 324 y Disposición Transitoria Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Con todo lo expuesto anteriormente, dado que el proyecto de referencia
cumple con la normativa vigente en la materia, y en virtud de las facultades que me
atribuye la legislación vigente:
RESUELVO
cve: BOE-B-2024-20737
Verificable en https://www.boe.es
El trámite de información pública, se llevó a cabo de conformidad con los
requerimientos legales y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de
16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa y los artículos 17 y 18 del
Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de
Expropiación Forzosa, así como con lo establecido en el artículo 83 de la ley 39/
2015, de 26 de noviembre, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido el plazo de 15 días hábiles
del trámite de información pública, no se recibió ninguna alegación. El Jefe de la
Sección de Expropiaciones y Patrimonio de MCT, redactó informe de fin del trámite
de información pública el 25 de abril de 2024. El día 26 de mayo de 2024 se recibe
informe de la Abogacía del Estado sobre la conformidad a Derecho del
procedimiento de información pública llevado a cabo.