III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-11472)
Resolución de 27 de mayo de 2024, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Xunta de Galicia, referente a la contratación precomercial de servicios de I+D.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Miércoles 5 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 65696

III. Que el ámbito de actuación seleccionado fue la búsqueda de soluciones
innovadoras para dotarse de equipos tecnológicos que permitan prototipar y evaluar
servicios de información digital y funciones automáticas de gestión de tráfico aéreo de
manera que se faciliten las operaciones seguras y eficientes de UAVs en futuros
entornos U-Space, mediante simulación.
IV. Que, para dar cumplimiento a las actuaciones y compromisos asumidos, las
partes están de acuerdo en prorrogar por un periodo de cuatro años más la vigencia del
convenio, posibilidad recogida en la cláusula duodécima del mismo.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente Adenda de
prórroga del convenio, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.

Duración del convenio.

Para dar cumplimiento al conjunto de actuaciones recogidas en el convenio, las
partes acuerdan, en virtud de lo dispuesto en la cláusula décimo segunda del mismo,
prorrogar su vigencia por un periodo de cuatro años adicionales, por tanto, hasta el 27 de
mayo de 2028.
Segunda.

Eficacia de la Adenda.

La presente Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes y será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, antes de la fecha de extinción
del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de
diez días hábiles desde su formalización, de conformidad con lo establecido en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015.
Tercera.

Mantenimiento del resto del clausulado del convenio de 6 de mayo de 2020.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente adenda, seguirá en
vigor y será de aplicación el convenio suscrito por las partes con fecha 6 de mayo
de 2020.

cve: BOE-A-2024-11472
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento en la fecha
indicada en la última firma realizada.–Por la Consellería de Economía e Industria de la
Xunta de Galicia, María Jesús Lorenzana Somoza.–Por CDTI, E.P.E., el Director General
del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., José Moisés Martín
Carretero.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X