II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2024-11403)
Resolución de 25 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Miércoles 5 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 65503

hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad 3G-Administración del IV Convenio
colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente.
También podrá participar el personal laboral fijo que haya prestado servicios efectivos
durante al menos dos años (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo)
en una categoría y grupo profesional equivalentes de otros convenios de Organismos
Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica
propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y
desarrollando las funciones que se señalan en el apartado precedente de esta misma
base.
3.3

Situación de embarazo de riesgo o parto.

Se celebrará una única convocatoria extraordinaria para todas aquellas aspirantes
que no pudieran acudir a la convocatoria ordinaria de examen a causa de embarazo de
riesgo o parto debidamente acreditados, no pudiendo demorarse ésta de manera que se
menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal
correspondiente y, en todo caso, la realización de la misma tendrá lugar antes de la
publicación de la lista de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Tribunal

El tribunal calificador es el que figura como anexo III de esta convocatoria. Se
publicará un breve currículum de cada uno de los miembros del mismo.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá
publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas
a este proceso selectivo.
Si en cualquier momento del procedimiento el tribunal tuviera conocimiento de que
alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado/a deberá proponer su exclusión al órgano
convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta
circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
En el caso de que el tribunal acuerde parámetros para la calificación del ejercicio, en
desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se
difundirán con anterioridad a la realización del mismo. Igualmente, en las actas del
tribunal deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y de su
cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria.
Las plantillas correctoras correspondientes a la prueba con respuestas alternativas
se harán públicas en el plazo máximo de 2 días hábiles contados desde la finalización de
la prueba. En el plazo de 2 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las
plantillas podrán presentarse alegaciones que se entenderán contestadas mediante la
publicación de las plantillas correctoras definitivas. Las mismas se dirigirán al buzón
alegacionesadministrativos@inclusión.gob.es. No se admitirán alegaciones fuera de
plazo ni presentadas por cualquier otro medio distinto del indicado.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que
no comparezcan a realizarlo, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con
anterioridad a la realización del ejercicio, los cuales serán apreciados por el tribunal que
podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria en
la fecha que determine.
Se habilita al tribunal calificador para la adopción de cuantas medidas, instrucciones
o resoluciones sean precisas para procurar la máxima descentralización posible en la
realización del ejercicio único de que se compone el proceso selectivo de referencia.
Para el desarrollo de los ejercicios que se celebren en sedes descentralizadas el
Tribunal calificador nombrará uno o varios responsables que realicen labores de

cve: BOE-A-2024-11403
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4.