I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Organización. (BOE-A-2024-11375)
Orden AUC/532/2024, de 21 de mayo, por la que se crea la Oficina Consular Honoraria en Hyderabad, con categoría de Consulado Honorario, en la República de la India.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Miércoles 5 de junio de 2024

Sec. I. Pág. 65358

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
11375

Orden AUC/532/2024, de 21 de mayo, por la que se crea la Oficina Consular
Honoraria en Hyderabad, con categoría de Consulado Honorario, en la
República de la India.

En la actualidad, la demarcación consular del Consulado General de España en
Mumbai cuenta con 515 residentes españoles y dos Consulados Honorarios: uno en el
estado de Tamil Nadu (con sede en Chennai, antes en Madrás) y otro en el de Karnataka
(con sede en Bangalore). Hyderabad es la cuarta ciudad más poblada de la India
después de Mumbai, Deli y Bangalore y el estado de Telangana acoge una pequeña
pero creciente comunidad de españoles que ha adquirido la nacionalidad por opción. La
oficina de BLS en Hyderabad es la quinta que más solicitudes de visado recibe de su
demarcación consular tras Mumbai, Bangalore, Chennai –donde ya existe un Consulado
General u Honorario– y Ahmedabad. Hyderabad constituye también el polo de la
industria farmacéutica y de la biotecnología en la India y la sede de empresas de
tecnologías de la información y la comunicación y de grandes multinacionales.
La creación de este nuevo Consulado Honorario prestará un servicio de asistencia y
protección a los ciudadanos españoles que se encuentran en Hyderabad. Ayudará a
gestionar con mayor eficacia y celeridad las emergencias consulares y a facilitar las
relaciones con las autoridades del estado y de la comunidad empresarial, académica y
artística. Asimismo, permitiría reforzar la presencia de España en el estado de Telangana
y dotar de mayor coherencia a la red consular dependiente de la Embajada de España
en Nueva Deli.
Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25
de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, y con arreglo al Reglamento de
los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por el Real
Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio
Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por el Consulado General de
España en Mumbai y con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en
el Exterior y de Asuntos Consulares y de la Dirección General para América del Norte,
Europa Oriental, Asia y Pacífico, dispongo:
Artículo 1. Creación de la Oficina Consular honoraria en Hyderabad y delimitación de
su circunscripción.
Se crea la Oficina Consular honoraria en Hyderabad, con categoría de Consulado
Honorario, y con circunscripción consular en el estado de Telangana, en la República de
la India.
Dependencia de la Oficina Consular honoraria en Hyderabad.

La Oficina Consular honoraria en Hyderabad, con categoría de Consulado Honorario,
dependerá del Consulado General de España en Mumbai.
Artículo 3. Jefatura de la Oficina Consular honoraria de España en Hyderabad.
La persona titular del Consulado Honorario de España en Hyderabad tendrá, de
conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24
de abril de 1963, categoría de cónsul honorario.

cve: BOE-A-2024-11375
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Artículo 2.