III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-11345)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, la Comunidad Autónoma de Cataluña y la Fundación ESADE, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Martes 4 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 65155

profesionales que en un futuro pudieran colaborar o dar servicio a la Administración de
Justicia, lo que redundaráen una mayor calidad de la misma. A tal efecto, el Gobierno de
la Generalitat de Cataluña, medianteel Acuerdo de fecha 19 de diciembre de 2023, ha
aprobado la suscripción de este convenio por la consejera de Justicia, Derechos y
Memoria y presidenta del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la
Fundación ESADE pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales de la
Comunidad Autónoma de Cataluña de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y compromisos de las partes.

Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas
curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado
matriculado en la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o
máster que imparte la Fundación ESADE y siempre de titulaciones relacionadas con
profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y tribunales de la
Administración de la Generalitat de Cataluña.
Por un lado, el Departamento de Justicia, Derechos y Memoria se compromete a
permitir la realización de las prácticas externas objeto del presente convenio, así como a
facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los juzgados y tribunales.
La organización de las prácticas universitarias se llevará a cabo a través del Centro
de Estudios Jurídicos y Formación Especializada, adscrito al Departamento de Justicia
de la Generalidad de Cataluña.
Por otro lado, la Fundación ESADE se compromete a que la persona o personas que
ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de los siguientes
derechos, en el marco de la normativa propia de la Fundación ESADE que sea de
aplicación:

La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Administración de la Generalitat de
Cataluña estará siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad del juzgado o
tribunal donde se realicen las prácticas externas, por lo que surgida tal necesidad o falta
de disponibilidad, en su caso, el convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas
situaciones o, en su caso extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido
y sin derecho a reclamación alguna por parte de la Fundación ESADE o concesión de
indemnización o compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y al
Consejo General del Poder Judicial mediante la cesión de aulas, otorgando una
autorización de uso de las aulas de carácter gratuito, dentro de los espacios gestionados
por la Universidad y dependiendo de sus necesidades docentes, con la excepción de los
gastos extraordinarios en los que se pudiera incurrir, tales como gastos de seguridad,
portería, limpieza, líneas de voz y datos, iluminación o vigilancia, con ocasión de la

cve: BOE-A-2024-11345
Verificable en https://www.boe.es

a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Fundación ESADE que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.