II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Cuerpo de Archiveros-Bibliotecarios de las Cortes Generales. (BOE-A-2024-11211)
Resolución de 14 de mayo de 2024, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición por los turnos libre, restringido y de discapacidad, para el Cuerpo de Archiveros-Bibliotecarios de las Cortes Generales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Lunes 3 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 64157

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

CORTES GENERALES
11211

Resolución de 14 de mayo de 2024, conjunta de las Presidencias del
Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición
por los turnos libre, restringido y de discapacidad, para el Cuerpo de
Archiveros-Bibliotecarios de las Cortes Generales.

Primera.

Tribunal.

1. El Tribunal calificador será nombrado por las Mesas de ambas Cámaras o, por
delegación de estas, por las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado.
En la composición del Tribunal se promoverá la presencia equilibrada de hombres y
mujeres, estando compuesto de la siguiente forma:
Presidencia:
– Un Vicepresidente o Vicepresidenta del Congreso de los Diputados o del Senado.

cve: BOE-A-2024-11211
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.8 del Estatuto del Personal de las
Cortes Generales, las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, en sus
respectivas reuniones del día 19 de diciembre de 2023, acordaron la convocatoria de
oposición para proveer ocho plazas del Cuerpo de Archiveros-Bibliotecarios de las
Cortes Generales, dotadas con las retribuciones establecidas en el Presupuesto de las
Cortes Generales. Igualmente acordaron delegar en las Presidencias del Congreso de
los Diputados y del Senado la aprobación de las bases de la convocatoria.
De dichas plazas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.1 del Estatuto del
Personal de las Cortes Generales, se reservan dos para su provisión por turno
restringido por personal funcionario de otros Cuerpos de las Cortes Generales que esté
en posesión de la titulación a que se refiere la base Segunda, punto 1.b) de esta
convocatoria. Las plazas que no se cubran por este turno incrementarán el turno libre.
Asimismo, del total de las plazas convocadas, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 11.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, se reserva una para ser
cubierta por personas con discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por
ciento, siempre que reúnan los requisitos de la presente convocatoria, superen las
pruebas selectivas y, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la
compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En caso
de que dicha plaza no se cubriera por este turno, incrementará el turno libre.
La presente convocatoria tiene en cuenta los principios de mérito y capacidad en el
acceso a la función pública, de conformidad con los artículos 103.3 de la Constitución
española y el 9 del Estatuto de Personal de las Cortes Generales, así como el principio de
igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso al empleo público, de acuerdo con
el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el I Plan de Igualdad de las Cortes Generales,
aprobado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en reunión conjunta
celebrada el 6 de marzo de 2020 y Resolución de 15 de marzo de 2024 del Letrado Mayor
de las Cortes Generales, por la que se hace público el Acuerdo de la Mesa del Congreso
de los Diputados y el Acuerdo de la Mesa del Senado, adoptados en sus reuniones de
fecha 12 de marzo de 2024, en los que se aprueban medidas de protección de las
víctimas de violencia de género que participen en los procesos selectivos en el ámbito de
las Cortes Generales, y se ajustará a las siguientes bases: