II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Nombramientos. (BOE-A-2024-11208)
Decreto de 20 de mayo de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada en la Fiscalía Provincial de Alicante a don Francisco José Marco Gaona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Lunes 3 de junio de 2024

Sec. II.A. Pág. 64153

Fundamentos
Primero.
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las
Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado,
a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. El mismo precepto exige que, para la
cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los
Fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos
los Fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4).
Segundo.
La Instrucción de 1 de agosto de 2008, de la Inspección de la Fiscalía General del
Estado, establece reglas para unificar criterios en las propuestas, con especificaciones
para los Delegados provinciales de las Fiscalías Anticorrupción y Antidroga. La misma
Instrucción 5/2008 establece que los nombramientos y ceses de los Delegados
Provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del
correspondiente Fiscal de Sala Coordinador, que podrá efectuar las consideraciones
que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del
Estado a través de la Inspección Fiscal.
Más específicamente, el artículo 62.1 del Reglamento del Ministerio Fiscal
(RD 305/2022, de 3 de mayo), establece que los Fiscales Delegados de las Fiscalías
Especiales serán nombrados, tras convocatoria pública, mediante decreto de la persona
titular de la Fiscalía General del Estado previa propuesta motivada del Fiscal de Sala
Jefe de la Fiscalía Especial, e informe del Fiscal Jefe de la Fiscalía correspondiente, oído
el Consejo Fiscal. En las solicitudes informadas por la Fiscal Jefe, los solicitantes tendrán
que acreditar la formación específica y la experiencia práctica en la materia propia de la
Fiscalía Especial, valorándose especialmente el tiempo que se haya formado parte de
la sección especializada en la misma o distinta Fiscalía, los cursos de especialización,
las publicaciones especializadas y la docencia impartida sobre la misma.
Tercero.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al nombramiento
interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe Anticorrupción está suficientemente
motivada y avala la especial idoneidad del Sr. Marco Gaona.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones
del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y del RMF, haciendo propia la fundamentación
de la propuesta,

1. Nombrar, con exclusividad, al Ilmo. Sr. don Francisco José Marco Gaona Fiscal
Delegado de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, en la
Fiscalía Provincial de Alicante.
2. Notificar el presente decreto al Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial contra la
Corrupción y la Criminalidad Organizada, al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de
Alicante, que lo trasladará a los dos fiscales interesados, y al Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes, con entrega de copias de la resolución.
3. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo
de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su
publicación ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, núm. 4, Madrid 28010) en los

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