II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-11108)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Subdirección Gerencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Sábado 1 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 63723

presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser
conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la
presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
Únicamente para el caso de incidencia técnica o informática, debidamente justificada,
las solicitudes podrán presentarse en los registros, oficinas de correos, oficinas
consulares de España o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la
ley 39/2015, de 1 de octubre. En este caso, se cumplimentará y rubricará el modelo de
instancia que figura en el anexo I de forma manual.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/de la
aspirante.
Sexto. Méritos a valorar.
Se considerarán, y en su caso, valorarán los siguientes méritos:
– Formación académica en Historia del Arte, Bellas Artes, Filosofía y Teoría del Arte,
otras ramas de las Humanidades o disciplinas afines a la misión del Museo.
– Contar con una experiencia profesional acreditable mínima de ocho años en áreas
de trabajo relacionadas con la academia o la formación universitaria, las instituciones
culturales, las ciencias sociales y humanidades, las bellas artes o la historia del arte (se
valorará especialmente que dicha trayectoria incluya el desempeño de puestos de alta
responsabilidad dedicados a la docencia y a la investigación).
– Experiencia en la concepción y producción de seminarios, coloquios y proyectos
de investigación.
– Experiencia en la gestión de programas académicos.
– Experiencia en la promoción y el acceso público del conocimiento académico.
– Experiencia en la gestión y desarrollo de acuerdos de cooperación y colaboración
científica y técnica con otros museos e instituciones culturales, universidades y centros
de investigación.
– Se valorará la capacidad de comunicación pública para ejercer tareas de
representación de la institución cuando corresponda.
– Se tendrán en cuenta las publicaciones sobre museografía y arte contemporáneo,
entendidos en un sentido amplio.
– Se valorará una buena agenda de contactos internacionales en el ámbito
académico y paracadémico.
– Se valorará el conocimiento de idiomas, siendo imprescindible el dominio oral y
escrito tanto del español como del inglés.
– Es necesaria la capacidad de trabajo en equipo.
Séptimo. Desarrollo del proceso.

– Don Julián González Cid (Subdirector Gerente del MNCARS).
– Doña Guadalupe Herranz Escudero (Secretaria del Real Patronato del MNCARS).
– Doña Sara Horganero Gómez (Subdirectora Adjunta a Gerencia del MNCARS).
Las personas integrantes de la comisión de valoración no podrán ejercer sus
funciones cuando exista conflicto de interés y deberán abstenerse de intervenir cuando
concurra alguno de los motivos previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre. Todos los representantes que intervengan en la comisión de valoración deberán

cve: BOE-A-2024-11108
Verificable en https://www.boe.es

La valoración de las competencias profesionales evaluables será realizada por el
Director del MNCARS, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno de los
elementos valorados en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto.
El Director del MNCARS actuará asesorado por una comisión de valoración, que
incluye, al menos dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en
procesos de selección de directivos públicos.
La comisión estará presidida por el Director del MNCARS e integrada por: