III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-11178)
Resolución de 27 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Sábado 1 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 63857

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
11178

Resolución de 27 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para el
desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.

Habiéndose suscrito el 24 de mayo de 2024 el Convenio entre el Ministerio del
Interior y la Universidad Pública Autónoma de Madrid para el desarrollo de prácticas
académicas, investigación y formación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 27 de mayo de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad Pública Autónoma de
Madrid para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación
Madrid, 24 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior,
nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, al amparo de lo previsto en
los artículos 48.2 y 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Amador de
los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y, de otra parte, doña Amaya Mendikoetxea Pelayo, en nombre y representación de
la Universidad Autónoma de Madrid, en su condición de Rectora, que actúa facultada por
su nombramiento realizado por Decreto 87/2021, de 30 de junio, del Consejo de
Gobierno (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de la
Comunidad de Madrid), BOCM n.º 155, de 1 de julio de 2021 y haciendo uso de las
atribuciones que tiene conferidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN

Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, este Departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica

cve: BOE-A-2024-11178
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Primero.