III. Otras disposiciones. FONDO DE REESTRUCTURACIÓN ORDENADA BANCARIA. Convenios. (BOE-A-2024-11190)
Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Presidencia del FROB, por la que se publica el Convenio con la Fundación SEPI, F.S.P, para la organización y desarrollo de un programa de becas de formación práctica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Sábado 1 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 64027

III. OTRAS DISPOSICIONES

FONDO DE REESTRUCTURACIÓN ORDENADA BANCARIA
11190

Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Presidencia del FROB, por la que
se publica el Convenio con la Fundación SEPI, F.S.P, para la organización y
desarrollo de un programa de becas de formación práctica.

El Director General y la Directora de Operaciones de la Fundación SEPI, F.S.P., y el
Presidente del FROB, entidad de derecho público, han suscrito un Convenio para la
organización y desarrollo entre las partes de un programa de becas de formación
práctica.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta
Presidencia dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido
convenio como anejo a la presente resolución.
Madrid, 24 de mayo de 2024.–El Presidente del FROB, Álvaro López Barceló.
ANEJO
Convenio entre la Fundación SEPI, F.S.P., y el FROB para la organización
y desarrollo entre las partes de un programa de becas de formación práctica
EN REUNIÓN
De una parte, la Fundación SEPI, F.S.P. (en adelante, la Fundación SEPI),
domiciliada en la avenida de Burgos, 8 B, 14.ª planta, (28036) de Madrid, provista de NIF
G-86621281, y representada en este acto por don Ángel Díaz Chao, en su condición de
Director General, según poderes otorgados en escritura pública ante el notario de Madrid
don Francisco Javier Monedero San Martín, en fecha 29 de noviembre de 2017, con el
número 3.253 de su protocolo, y por otro lado, doña Faina Zurita Ussía, en su condición
de Directora de Operaciones, según poderes otorgados en escritura pública, ante el
mismo notario, en fecha 22 de enero de 2019, con el número 164 de su protocolo.
Y, de otra parte, el FROB, domiciliado en Madrid, en la avenida de General Perón,
38, Edificio Master’s II Pl.16-17, 28020, provista de NIF V-85737112, representado en
este acto por don Álvaro López Barceló, en su condición de Presidente del FROB, en
virtud del Real Decreto 181/2024, de 13 de febrero.

1. Que el FROB, es una entidad de derecho público con personalidad jurídica
propia y plena capacidad pública y privada para el desarrollo de sus fines de acuerdo
con la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito
y empresas de servicios de inversión (en adelante, «Ley 11/2015»).
2. Que de conformidad con los artículos 84.1.e) y 128 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público la Fundación SEPI tiene la condición de
fundación del sector público estatal, por haberse constituido con la aportación exclusiva
de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).
3. Que la Fundación SEPI contempla entre sus objetivos promover programas de
becas de formación práctica para personas jóvenes tituladas, estando habilitada para el
cumplimiento de este fin, para suscribir convenios con empresas u organismos,
orientados a la selección de becarios y becarias que adquieran su formación práctica en
tales entidades.

cve: BOE-A-2024-11190
Verificable en https://www.boe.es

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