III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2024-11062)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio de Investigación en Protección de Datos Personales "Emilio Aced", para el año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 63537
PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por la
Agencia Española de Protección de Datos e incorporados a la actividad de tratamiento
«Actividad de promoción», cuya finalidad, basada en el interés público de la convocatoria
y en su solicitud de participación, es la gestión y resolución de la misma.
Los datos relativos a los ganadores de los premios se publicarán en la web y en los
perfiles en redes sociales de la AEPD. Los datos de los premiados en las modalidades
que incluyen prestación económica serán comunicados a las entidades bancarias con
objeto de realizar su abono, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la
Intervención General de la Administración del Estado y al Tribunal de Cuentas para el
control contable.
Los datos serán conservados durante la tramitación del procedimiento de concesión
del premio y de las reclamaciones que se puedan formular, siendo de aplicación la
normativa de archivos y patrimonio documental español. Los datos de los premiados en
las modalidades que incluyen prestación económica se conservarán conforme a lo
dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus
datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones
basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan,
ante la Agencia Española de Protección de Datos, C/Jorge Juan, 6, 28001-Madrid.
ANEXO 2
Resumen ejecutivo
El resumen ejecutivo tendrá una extensión máxima de dos páginas con letra Arial 11
e interlineado simple, en castellano e inglés, y tendrá los siguientes apartados:
Título.
Autores.
Resumen el que se describa claramente:
El objetivo/hipótesis del trabajo en el primer párrafo.
El porqué de la investigación y/o el desarrollo realizado en el segundo párrafo.
El diseño/metodología desarrollados en el tercer párrafo.
Los resultados principales en el cuarto párrafo.
La novedad de dichos resultados y/o su aplicabilidad en el quinto párrafo.
Las conclusiones en el sexto párrafo.
ANEXO 3
Desarrollo de los criterios de evaluación
1. La calidad y el ajuste a la convocatoria de la documentación presentada (10
puntos):
1.1 El título es claramente indicativo del contenido del estudio.
1.2 El resumen ejecutivo describe apropiadamente el estudio según lo señalado en
el anexo 2.
1.3 El desarrollo, es claro y fácil de entender.
1.4 La estructura y redacción del texto es correcta.
El texto consta de introducción, definición de objetivos/hipótesis, análisis de
antecedentes, descripción de la metodología, desarrollo y conclusiones.
Existe un índice de contenidos, figuras y tablas.
Usa lenguaje sencillo, términos claros y directos.
Los datos se presentan en forma objetiva, sin comentarios ni argumentos.
cve: BOE-A-2024-11062
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Viernes 31 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 63537
PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por la
Agencia Española de Protección de Datos e incorporados a la actividad de tratamiento
«Actividad de promoción», cuya finalidad, basada en el interés público de la convocatoria
y en su solicitud de participación, es la gestión y resolución de la misma.
Los datos relativos a los ganadores de los premios se publicarán en la web y en los
perfiles en redes sociales de la AEPD. Los datos de los premiados en las modalidades
que incluyen prestación económica serán comunicados a las entidades bancarias con
objeto de realizar su abono, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la
Intervención General de la Administración del Estado y al Tribunal de Cuentas para el
control contable.
Los datos serán conservados durante la tramitación del procedimiento de concesión
del premio y de las reclamaciones que se puedan formular, siendo de aplicación la
normativa de archivos y patrimonio documental español. Los datos de los premiados en
las modalidades que incluyen prestación económica se conservarán conforme a lo
dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus
datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones
basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan,
ante la Agencia Española de Protección de Datos, C/Jorge Juan, 6, 28001-Madrid.
ANEXO 2
Resumen ejecutivo
El resumen ejecutivo tendrá una extensión máxima de dos páginas con letra Arial 11
e interlineado simple, en castellano e inglés, y tendrá los siguientes apartados:
Título.
Autores.
Resumen el que se describa claramente:
El objetivo/hipótesis del trabajo en el primer párrafo.
El porqué de la investigación y/o el desarrollo realizado en el segundo párrafo.
El diseño/metodología desarrollados en el tercer párrafo.
Los resultados principales en el cuarto párrafo.
La novedad de dichos resultados y/o su aplicabilidad en el quinto párrafo.
Las conclusiones en el sexto párrafo.
ANEXO 3
Desarrollo de los criterios de evaluación
1. La calidad y el ajuste a la convocatoria de la documentación presentada (10
puntos):
1.1 El título es claramente indicativo del contenido del estudio.
1.2 El resumen ejecutivo describe apropiadamente el estudio según lo señalado en
el anexo 2.
1.3 El desarrollo, es claro y fácil de entender.
1.4 La estructura y redacción del texto es correcta.
El texto consta de introducción, definición de objetivos/hipótesis, análisis de
antecedentes, descripción de la metodología, desarrollo y conclusiones.
Existe un índice de contenidos, figuras y tablas.
Usa lenguaje sencillo, términos claros y directos.
Los datos se presentan en forma objetiva, sin comentarios ni argumentos.
cve: BOE-A-2024-11062
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132