III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2024-11061)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio de Emprendimiento en Protección de Datos Personales "Ángela Ruiz Robles", para el año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Viernes 31 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 63521
formato electrónico o digital (el archivo informático deberá permitir su apertura en
programas comúnmente usados con extensiones del mismo tipo que las relacionadas
anteriormente).
Los trabajos escritos, tendrán una extensión máxima de 100 páginas y letra Arial 11
con interlineado simple, y podrán presentarse en idioma original, si bien en caso de ser
diferente del castellano deberán acompañarse de traducción a este último idioma
obligatoriamente.
Igualmente, cada candidatura debe incluir un resumen ejecutivo en castellano e
inglés de acuerdo con el modelo del anexo 2.
El incumplimiento de alguno de estos requisitos dará lugar a la exclusión de la
propuesta.
Cuarta.
Plazo de ejecución de los proyectos.
Puede optar al premio cualquier actividad empresarial, producto o servicios de
empresas que hayan iniciado su actividad empresarial a partir del 1 de enero de 2018 o
que hayan iniciado una nueva línea de negocio después del 1 de enero de 2018 y hasta
el 15 de octubre de 2024 de forma acreditada.
Quinta. Dotación del premio.
El Premio de Emprendimiento en Protección de Datos Personales «Ángela Ruiz
Robles» consistirá en una dotación económica de tres mil euros (3.000,00 euros) y la
difusión del trabajo premiado a través de la página web de la AEPD.
El jurado podrá proponer la concesión de un accésit dotado con mil quinientos euros
(1.500,00 euros).
En caso de que el jurado declare desierto el premio, este podrá proponer otorgar un
accésit adicional dotado con mil quinientos euros (1.500,00 euros).
Los premiados contarán con mención honorífica, mediante diploma concedido al
efecto. Asimismo, se otorgará a la candidatura premiada un trofeo acreditativo del premio
obtenido.
La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 13.301.135M.48, de una cuantía estimada máxima de cuatro mil
quinientos euros (4.500,00 euros), quedando condicionada su concesión a la existencia
de crédito presupuestario adecuado y suficiente en el momento en que se dicte la
resolución de concesión.
Sexta. Plazo de presentación de solicitudes y formalización.
1. Certificado de situación censal emitido por la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, con el fin de verificar la fecha de inicio de actividad de la empresa.
2. Documentación que acredite el alta en el régimen de Seguridad Social que
corresponda.
cve: BOE-A-2024-11061
Verificable en https://www.boe.es
Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de
publicación de estas bases en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo de presentación
de los trabajos concluirá el 15 de octubre de 2024.
Los trabajos presentados deberán acompañarse del modelo de solicitud que figura
en el anexo 1, debidamente cumplimentado y firmado.
Las solicitudes presentadas por persona física deberán aportar la siguiente
documentación:
Núm. 132
Viernes 31 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 63521
formato electrónico o digital (el archivo informático deberá permitir su apertura en
programas comúnmente usados con extensiones del mismo tipo que las relacionadas
anteriormente).
Los trabajos escritos, tendrán una extensión máxima de 100 páginas y letra Arial 11
con interlineado simple, y podrán presentarse en idioma original, si bien en caso de ser
diferente del castellano deberán acompañarse de traducción a este último idioma
obligatoriamente.
Igualmente, cada candidatura debe incluir un resumen ejecutivo en castellano e
inglés de acuerdo con el modelo del anexo 2.
El incumplimiento de alguno de estos requisitos dará lugar a la exclusión de la
propuesta.
Cuarta.
Plazo de ejecución de los proyectos.
Puede optar al premio cualquier actividad empresarial, producto o servicios de
empresas que hayan iniciado su actividad empresarial a partir del 1 de enero de 2018 o
que hayan iniciado una nueva línea de negocio después del 1 de enero de 2018 y hasta
el 15 de octubre de 2024 de forma acreditada.
Quinta. Dotación del premio.
El Premio de Emprendimiento en Protección de Datos Personales «Ángela Ruiz
Robles» consistirá en una dotación económica de tres mil euros (3.000,00 euros) y la
difusión del trabajo premiado a través de la página web de la AEPD.
El jurado podrá proponer la concesión de un accésit dotado con mil quinientos euros
(1.500,00 euros).
En caso de que el jurado declare desierto el premio, este podrá proponer otorgar un
accésit adicional dotado con mil quinientos euros (1.500,00 euros).
Los premiados contarán con mención honorífica, mediante diploma concedido al
efecto. Asimismo, se otorgará a la candidatura premiada un trofeo acreditativo del premio
obtenido.
La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 13.301.135M.48, de una cuantía estimada máxima de cuatro mil
quinientos euros (4.500,00 euros), quedando condicionada su concesión a la existencia
de crédito presupuestario adecuado y suficiente en el momento en que se dicte la
resolución de concesión.
Sexta. Plazo de presentación de solicitudes y formalización.
1. Certificado de situación censal emitido por la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, con el fin de verificar la fecha de inicio de actividad de la empresa.
2. Documentación que acredite el alta en el régimen de Seguridad Social que
corresponda.
cve: BOE-A-2024-11061
Verificable en https://www.boe.es
Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de
publicación de estas bases en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo de presentación
de los trabajos concluirá el 15 de octubre de 2024.
Los trabajos presentados deberán acompañarse del modelo de solicitud que figura
en el anexo 1, debidamente cumplimentado y firmado.
Las solicitudes presentadas por persona física deberán aportar la siguiente
documentación: