III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2024-11059)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a las Buenas Prácticas Educativas en Privacidad y Protección de Datos Personales para un Uso Responsable y Seguro de Internet por los Menores, para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Viernes 31 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 63504

En los supuestos de reintegro de la cantidad percibida por concurrir alguna de las
causas previstas en el artículo 37 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, corresponderá el reintegro total y se tramitará en los términos
establecidos en dicha ley.
En caso de renuncia al premio, el premiado deberá presentar la correspondiente
solicitud fundamentada dirigida a la directora de la AEPD quien resolverá, si procede, la
devolución de la cantidad percibida.
Decimosexta.

Régimen supletorio.

Para todos aquellos extremos no regulados específicamente en la presente
resolución se estará a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, así como, cuando proceda, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo en aquellos aspectos en
los que, por la especial naturaleza del premio y de las subvenciones, así como de la
propia naturaleza jurídica de la AEPD, no resultaran aplicables en todo o en parte estas
disposiciones.
Decimoséptima. Protección de datos.
Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por la
Agencia Española de Protección de Datos e incorporados a la actividad de tratamiento
«Actividad de promoción», cuya finalidad, basada en el interés público de la convocatoria
y en su solicitud de participación, es la gestión y resolución de la misma.
Los datos relativos a los ganadores de los premios se publicarán en la web y en los
perfiles en redes sociales de la AEPD. Los datos de los premiados en las modalidades
que incluyen prestación económica serán comunicados a las entidades bancarias con
objeto de realizar su abono, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la
Intervención General de la Administración del Estado y al Tribunal de Cuentas para el
control contable.
Los datos serán conservados durante la tramitación del procedimiento de concesión
del premio y de las reclamaciones que se puedan formular, siendo de aplicación la
normativa de archivos y patrimonio documental español. Los datos de los premiados en
las modalidades que incluyen prestación económica se conservarán conforme a lo
dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus
datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones
basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan,
ante la Agencia Española de Protección de Datos, C/Jorge Juan, 6, 28001- Madrid.

cve: BOE-A-2024-11059
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 23 de mayo de 2024.–La Directora de la Agencia Española de Protección de
Datos, Mar España Martí.